Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/362/2020, de 22 de abril, por la que se modifica la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2019-2020.

BOE-A-2020-4576Publicada: 23/04/2020MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden PCM/362/2020, de 22 de abril, por la que se modifica la Orden PCM/139/2020 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden PCM/362/2020 modifica la Orden PCM/139/2020 para adaptar la evaluación de Bachillerato a las medidas extraordinarias derivadas de la crisis sanitaria por el COVID-19, estableciendo nuevas fechas para la realización de las pruebas y ajustando su contenido. 2. **CONTEXTO** La evolución del COVID-19 obligó al Gobierno a adoptar medidas extraordinarias, entre ellas la suspensión de la actividad educativa presencial. El Real Decreto 463/2020 declaró el estado de alarma, permitiendo la educación a distancia. Esto generó la necesidad de adaptar las pruebas de acceso a la Universidad, ya que las fechas y el contenido de la evaluación debían ajustarse a la nueva realidad educativa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden PCM/362/2020, de 22 de abril de 2020, modifica la Orden PCM/139/2020, de 17 de febrero de 2020, con el objetivo de adaptar la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las circunstancias generadas por la crisis sanitaria. La modificación se centra en tres aspectos principales: el contenido de las pruebas, su estructura y las fechas de realización. En primer lugar, se establece que el bloque de contenido en la prueba completa de cada materia, constituido por el total de preguntas que se le ofrecen al alumnado, hará referencia a la puntuación relativa que se asignará a las preguntas asociadas a los estándares de aprendizaje incluidos en dicho bloque. Estas ponderaciones son orientativas, lo que significa que no son obligatorias, pero sirven como guía para la elaboración de las pruebas. En segundo lugar, se establece que en la elaboración de cada prueba se procurará utilizar al menos un estándar de aprendizaje por cada uno de los bloques de contenido o agrupaciones de los mismos que figuran en la matriz de especificaciones de la materia correspondiente. Esto asegura que las pruebas reflejen de manera equilibrada los objetivos educativos establecidos. En tercer lugar, se modifica el artículo 9 de la Orden PCM/139/2020, estableciendo nuevas fechas para la realización de las pruebas. Las pruebas deberán celebrarse entre el 22 de junio y el 10 de julio de 2020, con publicación de resultados provisionales antes del 17 de julio. Para la convocatoria extraordinaria, las pruebas deberán realizarse con fecha límite el 17 de septiembre de 2020, y los resultados provisionales se publicarán antes del 23 de septiembre. La Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales. La Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden PCM/362/2020 adapta la evaluación de Bachillerato a las medidas extraordinarias derivadas del estado de alarma por el COVID-19, estableciendo nuevas fechas y modificando el contenido de las pruebas. Se busca garantizar la continuidad educativa y el acceso a la Universidad en un contexto de crisis sanitaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación de la evaluación de Bachillerato** a las medidas extraordinarias derivadas del estado de alarma. ⚠️ **Nuevas fechas para la realización de las pruebas** y publicación de resultados. 📋 **Modificaciones en el contenido y estructura de las pruebas** para reflejar los estándares de aprendizaje. ℹ️ **Dictada al amparo de la Constitución** para garantizar la regulación de títulos académicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 22 de abril de 2020 - **Materias**: Educación, Evaluación, Bachillerato, Universidad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Evaluación de Bachillerato, estado de alarma, medidas extraordinarias, pruebas de acceso a la Universidad, COVID-19 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PCM/362/2020, el sistema de evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad seguía las normas establecidas en la Orden PCM/139/2020, que definían el diseño, el contenido y las fechas de las pruebas. Esta norma se aplicaba uniformemente en todas las Comunidades Autónomas y en el ámbito estatal, sin considerar las particularidades regionales ni las excepciones derivadas de la crisis sanitaria. La importancia de esta modificación radica en que, ante la emergencia del COVID-19, se adaptó el sistema educativo a la realidad de la educación a distancia, garantizando la continuidad del proceso selectivo y la equidad en la evaluación de los estudiantes.

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