Orden DEF/291/2020, de 26 de marzo, por la que se establece la competencia para determinar las asignaturas de los currículos de la enseñanza de formación susceptibles de ser impartidos a distancia y se habilita a los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y la Armada y al Subsecretario de Defensa, en el ámbito de sus competencias, a establecer, con criterios objetivos, el nivel mínimo a alcanzar en los diversos cursos académicos de formación para la verificación de los conocimientos alcanzados p
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden DEF/291/2020, de 26 de marzo, por la que se establece la competencia para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial DEF/291/2020 establece la competencia para determinar las asignaturas susceptibles de impartirse a distancia en la enseñanza de formación militar y habilita a ciertos responsables a establecer el nivel mínimo de conocimientos a alcanzar en cursos académicos. 2. **CONTEXTO** La Orden surge en el contexto de la crisis sanitaria derivada del COVID-19, que obligó a suspender las actividades docentes presenciales en la enseñanza militar. Aunque se intentó impartir la docencia a distancia, no todas las materias pudieron cubrirse. Además, los currículos incluían restricciones específicas para ciertos grupos, como mujeres en situación de embarazo. Para evitar que la suspensión afectara la progresión académica, se adoptaron medidas excepcionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial DEF/291/2020, de 26 de marzo de 2020, establece que los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y la Armada, junto con el Subsecretario de Defensa, tienen la competencia para determinar el nivel mínimo de conocimientos a alcanzar en los cursos académicos de formación militar, con criterios objetivos. Esto se hace en el marco de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, que otorga al Ministro de Defensa la responsabilidad de establecer directrices generales de los planes de estudios y aprobar los correspondientes a la enseñanza de formación. El artículo 1 establece que los mencionados responsables pueden fijar el nivel mínimo de conocimientos a alcanzar, siempre que las competencias no adquiridas puedan obtenerse en cursos posteriores o en las unidades de destino, en el caso de los alumnos de último curso. El artículo 2 suspende temporalmente cualquier restricción normativa en los currículos de la enseñanza de formación que limite la impartición y evaluación a distancia de las asignaturas. Esto permite que todas las materias sean impartidas a distancia, salvo excepciones determinadas por las Direcciones de Enseñanza de los Ejércitos y los centros universitarios de la Defensa. El artículo 3 establece que la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar coordinará y supervisará la ejecución de las enseñanzas a distancia. Las Direcciones de Enseñanza de los Ejércitos, junto con la Subdirección General de Enseñanza Militar para los Cuerpos Comunes, serán competentes para determinar las asignaturas que no son susceptibles de impartirse a distancia, a propuesta de las Direcciones de los centros docentes militares de formación y la Dirección de la Academia Central de la Defensa. La Orden se fundamenta en la disposición final cuarta del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, que autoriza a la Ministra de Defensa a dictar disposiciones necesarias para la aplicación del reglamento de ingreso y promoción de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial DEF/291/2020 permite la impartición a distancia de todas las asignaturas de formación militar, salvo excepciones, y establece criterios objetivos para la evaluación de conocimientos. La supervisión y coordinación de estas medidas recaen en la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Competencia para determinar asignaturas a distancia**: Los Jefes de Estado Mayor y el Subsecretario de Defensa pueden establecer el nivel mínimo de conocimientos a alcanzar. ⚠️ **Suspensión de restricciones**: Se suspende temporalmente cualquier limitación a la impartición a distancia de las materias. 📋 **Supervisión y coordinación**: La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar supervisa la ejecución de las enseñanzas a distancia. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en la Ley 39/2007 y en el Real Decreto 35/2010. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial DEF/291/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de marzo de 2020 - **Materias**: Enseñanza militar, formación, distancia, evaluación, currículo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden DEF/291/2020, la enseñanza de formación militar en España seguía un marco normativo estatal que establecía las asignaturas y los requisitos académicos, sin permitir una flexibilidad significativa en la modalidad de impartición. En el contexto de la crisis del COVID-19, la suspensión de clases presenciales exigió una adaptación inmediata, lo que generó una necesidad de normativa específica para garantizar la continuidad educativa. La Orden DEF/291/2020 introduce una regulación más flexible, permitiendo a los responsables militares definir criterios objetivos para el nivel mínimo de conocimientos, lo cual es relevante para mantener la calidad y coherencia en la formación, especialmente en un entorno de emergencia sanitaria.