Saltar al contenido principal
ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Instrucción sobre remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales.

BOE-A-2020-680Publicada: 17/01/2020TRIBUNAL DE CUENTAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 15 de enero de 2020 publica la Instrucción del Pleno del Tribunal de Cuentas de 19 de diciembre de 2019, que establece el procedimiento para la remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales. 2. **CONTEXTO** La norma sustituye una anterior Instrucción aprobada en 2015, que regulaba la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones de las Entidades Locales contrarias a reparos de interventores y anomalías en ingresos. La nueva Instrucción amplía el ámbito de la información a remitir, incluyendo datos sobre el control interno y expedientes administrativos. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Instrucción del Pleno del Tribunal de Cuentas de 19 de diciembre de 2019 establece el procedimiento para la remisión de información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales. Esta norma se publica mediante la Resolución de 15 de enero de 2020 de la Presidencia del Tribunal de Cuentas. La Instrucción sustituye a la anterior aprobada en 2015, que regulaba la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones contrarias a reparos de interventores y anomalías en ingresos. La nueva norma amplía el ámbito de la información a remitir, incluyendo datos sobre el control interno y expedientes administrativos tramitados sin fiscalización previa. La Instrucción establece que las Entidades Locales deben remitir al Tribunal de Cuentas información general relativa al funcionamiento del control interno, así como a los expedientes administrativos de gastos o acuerdos tramitados al margen del procedimiento y con omisión de fiscalización previa. Esta obligación se deriva del deber de colaboración regulado en los artículos 7 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y 30 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. La norma también establece que las copias de documentos originales almacenados por medios electrónicos son válidas siempre que garanticen su autenticidad, integridad, conservación y demás garantías exigidas por la normativa aplicable. En cuanto a la vigencia, la Instrucción se aplica a los ejercicios 2019 y posteriores, mientras que los ejercicios 2018 y anteriores siguen regidos por la Instrucción de 2015. La norma derogada es la Instrucción del Pleno del Tribunal de Cuentas de 30 de junio de 2015, publicada en el BOE número 170 de 17 de julio. La Instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, que se produjo el 15 de enero de 2020. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado, y su redacción se realiza en cumplimiento del artículo 218.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un nuevo procedimiento para la remisión de información sobre el control interno de las Entidades Locales al Tribunal de Cuentas. Sustituye una norma anterior y amplía el ámbito de la información a remitir. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva Instrucción**: Sustituye la norma de 2015 y establece nuevos requisitos para la remisión de información. ⚠️ **Derogación**: La Instrucción de 2015 queda derogada, salvo para ejercicios anteriores a 2019. 📋 **Información a remitir**: Incluye datos sobre el control interno, expedientes sin fiscalización previa y anomalías en ingresos. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor el 16 de enero de 2020 y aplica a ejercicios a partir de 2019. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha de publicación**: 15 de enero de 2020 - **Materias**: Control interno, Tribunal de Cuentas, Entidades Locales, Haciendas Locales - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2020, existía una Instrucción de 2015 que regulaba la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones de Entidades Locales contrarias a reparos de interventores. La nueva norma amplía el ámbito de la información a remitir, incluyendo datos sobre el control interno y expedientes administrativos, lo que refleja una evolución hacia un control más integral y proactivo. Este cambio importa porque mejora la transparencia y la eficacia del control interno, alineándose con estándares más exigentes a nivel estatal y europeo, que promueven la prevención de irregularidades y la mejora de la gestión pública.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →