Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/547/2019, de 26 de abril, por la que se prorroga la veda establecida por la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell.

BOE-A-2019-7329Publicada: 16/05/2019Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APA/547/2019, de 26 de abril, por la que se prorroga la veda establecida p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden APA/547/2019 prorroga por tres años la veda marítima en la reserva de Masía Blanca, frente a El Vendrell, para proteger especies y ecosistemas marinos. 2. **CONTEXTO** La Orden APA/547/2019 se dicta en el marco de la protección de recursos pesqueros y ecosistemas marinos. La reserva de Masía Blanca fue establecida en 1999 para preservar especies de interés pesquero en un substrato duro poco común. La veda fue establecida con el objetivo de favorecer la recuperación de dichas especies y evitar su deterioro. La Orden se fundamenta en la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado y en el Reglamento (CE) 1967/2006, que busca una gestión sostenible de los recursos marinos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APA/547/2019, de 26 de abril de 2019, establece la prorrogación de la veda marítima en la reserva de Masía Blanca, frente a El Vendrell (Tarragona), por un nuevo periodo de tres años, hasta el 10 de julio de 2023. Esta medida se fundamenta en el artículo 12 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, que otorga al titular del Departamento la facultad de establecer zonas o periodos de veda para proteger, conservar y recuperar recursos pesqueros. La Orden se dicta en cumplimiento del Reglamento (CE) 1967/2006, que establece un marco de gestión sostenible de los recursos marinos, incluyendo la protección estricta de especies y hábitats. Además, la Orden se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haber sido sometida al procedimiento de información pública. En el artículo 1 de la Orden, se establece que la veda queda prorrogada por tres años, y se menciona que el periodo de veda podrá ser prorrogado en función de la eficacia y utilidad de la medida. En el artículo 2, se establece que el incumplimiento de la veda será sancionado conforme a lo previsto en el título V de la Ley 3/2001, siempre que no sea constitutivo de infracción en el ámbito de marina civil, conforme al título IV del libro tercero del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011. La Orden también incluye dos disposiciones finales: la primera establece que la medida se dicta al amparo del artículo 149.1.19.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de pesca marítima en aguas exteriores. La segunda disposición final establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La veda se estableció inicialmente en 1999 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el objetivo de proteger la diversidad de especies de interés pesquero en la zona de substrato duro, poco frecuente en ese lugar, favoreciendo su recuperación y evitando su deterioro. La veda fue prorrogada en 2019, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 3/2001, con el fin de continuar la protección de los recursos marinos y garantizar su sostenibilidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APA/547/2019 prorroga la veda en la reserva marina de Masía Blanca para proteger especies y ecosistemas. Se fundamenta en leyes y regulaciones vigentes sobre pesca sostenible. La medida se ajusta a los principios de transparencia y buena regulación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de la veda**: La veda en la reserva marina de Masía Blanca se prorroga por tres años hasta el 10 de julio de 2023. ⚠️ **Sanciones por incumplimiento**: El incumplimiento de la veda puede ser sancionado conforme a la Ley 3/2001. 📋 **Fundamento legal**: La medida se basa en el artículo 12 de la Ley 3/2001 y en el Reglamento (CE) 1967/2006. ℹ️ **Procedimiento de información pública**: La Orden fue sometida al procedimiento de información pública y se ajusta a los principios de buena regulación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial APA/547/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de abril de 2019 - **Materias**: Pesca marítima, protección ambiental, gestión sostenible de recursos marinos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APA/547/2019, la reserva marina de Masía Blanca ya existía desde 1999, establecida por una norma estatal que buscaba proteger especies marinas en un entorno ecológico único. Esta medida se enmarcaba en la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado y en el Reglamento (CE) 1967/2006, que promovían la sostenibilidad marina. La prorroga de la veda en 2019 refleja la continuidad de la política estatal en la protección de recursos pesqueros, contrastando con las posibles diferencias en enfoques entre las comunidades autónomas o la Unión Europea, que pueden tener normativas más flexibles o menos estrictas en materia de conservación marina. Esto importa porque demuestra la importancia de la regulación estatal en la protección de ecosistemas críticos.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →