Instrucción 10/2019, de 25 de septiembre, de la Junta Electoral Central, sobre Juntas Electorales competentes y otros extremos en relación con las elecciones locales parciales, convocadas por Real Decreto 538/2019, de 20 de septiembre, a celebrar el 10 y el 17 de noviembre de 2019.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una instrucción de la Junta Electoral Central que establece cómo se celebrarán elecciones locales parciales el 17 de noviembre de 2019 (y el 10 de noviembre en Belandia). Estas elecciones se convocan en municipios donde en mayo de 2019 no se presentaron candidaturas, donde se anuló la votación por sentencia, en municipios con concejo abierto sin candidaturas o con votación nula, y en ciertas entidades locales menores en esas mismas situaciones. **¿A quién afecta?** A los municipios, entidades locales menores y ciudadanos de esos lugares que deben volver a votar. Principalmente afecta a los órganos electorales, Ayuntamientos, representantes de candidaturas y electores censados en esas zonas desde las elecciones locales de mayo de 2019. **¿Qué cambia o establece?** Que las Juntas Electorales ya constituidas para las elecciones generales de noviembre serán las competentes. Se usa el censo electoral de mayo de 2019 sin rectificaciones nuevas. Se reutilizan las mismas secciones electorales, locales y miembros de mesas de mayo. Las candidaturas proclamadas en mayo podrán concurrir nuevamente. Se permite voto por correspondencia conforme a la ley. La campaña electoral sigue las normas generales, pero no puede haber actos de campaña desde el sábado 9 hasta el domingo 10 de noviembre para no interferir con las elecciones generales de ese mismo día.
💬 Contexto ciudadano
Las elecciones locales parciales se celebran en municipios donde no se presentaron candidaturas en las elecciones ordinarias de mayo de 2019 o donde el resultado fue inválido. La Instrucción 10/2019 de la Junta Electoral Central establece las competencias de las Juntas Electorales Provinciales en la gestión de estas elecciones extraordinarias convocadas para noviembre de 2019. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) prevé la celebración de elecciones parciales para garantizar que todos los municipios dispongan de representación local democrática. Estas convocatorias son infrecuentes pero necesarias para completar el mapa de representación municipal en España, que comprende más de 8.000 municipios, muchos de ellos pequeños en los que la participación política es escasa o inexistente.