Ley 3/2019, de 6 de marzo, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad de Madrid.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor de la Ley 3/2019, de 6 de marzo, en la Comunidad de Madrid, no existía una normativa específica que regulara los Puntos de Encuentro Familiar, a diferencia de otras Comunidades Autónomas y del ámbito estatal, donde ya se habían implementado medidas similares con el objetivo de facilitar la convivencia familiar y la mediación en conflictos. Esta norma busca cerrar una brecha regulatoria, alineándose con prácticas existentes en otros territorios y la Unión Europea, donde se promueve la intervención familiar como herramienta clave para la resolución de conflictos. Su importancia radica en establecer un marco legal claro que mejore la accesibilidad y eficacia de estos espacios, contribuyendo a la protección de los derechos de las familias.