Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/25/2019, de 10 de enero, por la que se regula la asignación de recursos, procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por las entidades y empresas del sector público dependientes o vinculadas, a la financiación de trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español o de fomento de la creatividad artística.

BOE-A-2019-670Publicada: 21/01/2019Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden FOM/25/2019, de 10 de enero, por la que se regula la asignación de recurso ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden FOM/25/2019 establece la asignación de recursos procedentes de obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y entidades públicas vinculadas, a la financiación de trabajos de conservación del Patrimonio Histórico Español y fomento de la creatividad artística, modificando y derogando la Orden FOM/604/2014. 2. **CONTEXTO** La Orden FOM/25/2019 sustituye a la Orden FOM/604/2014, que ya había incrementado el porcentaje destinado a estos fines del 1% al 1,5%. Esta nueva norma se enmarca en el marco legal definido por la Ley 16/1985 y el Real Decreto 111/1986, que obligan a destinar al menos el 1% del presupuesto de obras públicas financiadas por el Estado a la conservación del Patrimonio Histórico Español o al fomento de la creatividad artística. Además, se refiere al Acuerdo de Colaboración VII entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura y Deporte, firmado en 2017, que establece la colaboración en este ámbito. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden FOM/25/2019 regula la asignación de recursos procedentes de obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y entidades del sector público dependientes o vinculadas, a la financiación de trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español o de fomento de la creatividad artística. Esta norma se basa en el artículo 68.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la misma, que establecen que en el presupuesto de cada obra pública financiada total o parcialmente por el Estado, se destinará una partida de al menos el 1% de los fondos de aportación estatal a estos fines. La Orden FOM/25/2019 modifica la Orden FOM/604/2014, que ya había elevado este porcentaje al 1,5%, incrementando así la cantidad destinada a estos trabajos. Sin embargo, esta orden no se aplica a las obras públicas construidas y explotadas por particulares mediante concesión administrativa del Estado, sin participación financiera del Estado. En su lugar, se aplica el artículo 59 del Real Decreto 111/1986, que establece que el 1% del presupuesto total de dichas obras se destinará a la financiación de los trabajos previstos en el artículo 58 del mismo Real Decreto. La Orden FOM/25/2019 incluye una disposición transitoria única que establece que, para las obras realizadas por el Departamento, se mantendrá el porcentaje del 1% de las obras adjudicadas o con aprobación del gasto previo a la licitación antes del 18 de abril de 2014. Además, los importes pendientes de ingreso en el Tesoro Público por adjudicaciones realizadas en 2018 se ingresarán en el último trimestre de ese año. En cuanto a la derogatoria, la Orden FOM/25/2019 deroga la Orden FOM/604/2014, así como otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en esta nueva norma. Finalmente, la Orden FOM/25/2019 entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden FOM/25/2019 modifica y sustituye la Orden FOM/604/2014, incrementando el porcentaje destinado a la financiación del Patrimonio Histórico Español y la creatividad artística. Establece excepciones para obras gestionadas por particulares y mantiene disposiciones transitorias para obras ya adjudicadas. La norma entra en vigor al publicarse. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Incremento del porcentaje**: Se eleva el porcentaje destinado a la financiación del Patrimonio Histórico Español y la creatividad artística del 1% al 1,5%, según la Orden FOM/604/2014, y se mantiene en esta nueva norma. ⚠️ **Excepción para concesiones**: No se aplica a obras gestionadas por particulares mediante concesión administrativa sin participación financiera del Estado. 📋 **Disposiciones transitorias**: Se mantienen el 1% para obras adjudicadas antes del 18 de abril de 2014 y se establecen plazos para el ingreso de importes pendientes. ℹ️ **Derogación**: Se derogó la Orden FOM/604/2014 y otras disposiciones que se opongan a esta norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 10 de enero de 2019 - **Materias**: Patrimonio Histórico Español, Conservación, Creatividad Artística, Obras Públicas, Financiación - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden FOM/25/2019, el porcentaje destinado a la conservación del Patrimonio Histórico Español y al fomento de la creatividad artística era del 1%, según la Orden FOM/604/2014. Esta norma lo incrementó al 1,5%, modificando el marco legal definido por la Ley 16/1985 y el Real Decreto 111/1986, que establecían el compromiso del 1%. La nueva orden se alinea con el Acuerdo de Colaboración VII entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Cultura y Deporte, reflejando una mayor coordinación entre niveles estatal y autonómico, y reforzando el compromiso con la protección del patrimonio cultural en el marco de la UE.

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