Recurso de inconstitucionalidad n.º 5531-2019, contra el artículo 47.1 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 2019.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una decisión del Tribunal Constitucional que acepta un recurso presentado por el Presidente del Gobierno para cuestionar la constitucionalidad del artículo 47.1 de la Ley de Presupuestos de Canarias para 2019. El Tribunal decidió el 15 de octubre de 2019 que el recurso cumple los requisitos para ser tramitado. **¿A quién afecta?** Afecta al artículo 47.1 cuestionado de la ley canaria de presupuestos. Desde el momento de presentación del recurso (30 de septiembre de 2019) impacta a las partes involucradas en el proceso, y desde su publicación oficial a cualquier otro ciudadano o entidad que deba cumplir esa norma. **¿Qué cambia o establece?** Establece la suspensión inmediata de ese artículo 47.1: deja de tener validez y no puede aplicarse mientras el Tribunal Constitucional decide si es o no compatible con la Constitución. Esta suspensión rige desde el 30 de septiembre de 2019 para los litigantes y desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el resto.
💬 Contexto ciudadano
El recurso de inconstitucionalidad 5531-2019 cuestiona el artículo 47.1 de la Ley de Presupuestos de Canarias para 2019, admitido a trámite por el Tribunal Constitucional en octubre de 2019 con suspensión automática del precepto impugnado. Canarias, como región ultraperiférica con régimen fiscal especial (REF), tiene frecuentes tensiones competenciales con el Estado en materia tributaria y presupuestaria. Los recursos del Presidente del Gobierno contra normas autonómicas son un mecanismo de control de constitucionalidad complementario a las cuestiones de inconstitucionalidad planteables por jueces ordinarios. La resolución del TC en estos asuntos delimita los contornos del principio de autonomía financiera de las comunidades autónomas en el marco constitucional español.