Orden JUS/1197/2017, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros automatizados con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden JUS/1197/2017, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Orden JUS/129 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden JUS/1197/2017 modifica la Orden JUS/1294/2003 para actualizar y crear nuevos ficheros automatizados con datos de carácter personal en el Ministerio de Justicia y sus organismos públicos. 2. **CONTEXTO** La Orden JUS/1294/2003 establecía los ficheros automatizados de datos personales del Ministerio de Justicia y sus organismos. Con el tiempo, surgieron nuevas necesidades que requerían actualizaciones y nuevas creaciones de ficheros. La Orden JUS/1197/2017 responde a esta necesidad, adaptándose a las circunstancias actuales. La normativa legal vigente, como la Ley Orgánica 15/1999 y su Reglamento de desarrollo, exige que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos personales en las Administraciones Públicas se haga mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o mediante orden ministerial en el caso de órganos dependientes del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden JUS/1197/2017, de 27 de noviembre de 2017, modifica la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril de 2003, con el objetivo de actualizar y crear nuevos ficheros automatizados con datos de carácter personal en el Ministerio de Justicia y sus organismos públicos. Esta modificación responde a la necesidad de adaptar los ficheros existentes a las nuevas situaciones y necesidades surgidas en el transcurso del tiempo. La normativa legal relevante es la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el diario oficial correspondiente (art. 20). Además, el Reglamento de desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en su artículo 53.1, establece que cuando la disposición se refiera a los órganos de la Administración General del Estado o a las entidades u organismos vinculados o dependientes de la misma, la creación, modificación o supresión de los ficheros adoptará la forma de orden ministerial o resolución de la entidad y organismo correspondiente. En el ámbito del Ministerio de Justicia, la Orden JUS/1294/2003 establecía los ficheros automatizados con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos. Posteriormente, se han dictado otras órdenes modificativas con el fin de crear, modificar o suprimir ficheros de este tipo. Sin embargo, debido a la evolución de las necesidades y situaciones, se considera necesario dictar una nueva orden ministerial que cree nuevos ficheros adecuados a las circunstancias actuales y que ajuste a las mismas algunos de los ficheros creados mediante la Orden JUS/1294/2003. La Orden JUS/1197/2017 crea nuevos ficheros y modifica algunos existentes. Entre los nuevos ficheros se encuentra el "Fichero 150", relacionado con la gestión de entidades religiosas, que incluye datos identificativos, económicos-financieros y otros, como transacciones de bienes y servicios. El tratamiento de estos datos se realiza mediante un sistema automatizado, y se prevé la cesión de datos a organismos como el Tribunal de Cuentas, el Ministerio de Hacienda y la Administración Tributaria, según lo establecido en la Ley General Presupuestaria. El órgano responsable es la Gerencia de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), y los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición pueden ejercitarse ante esta misma entidad. Otro fichero modificado es el "Fichero 151", denominado "Control horario-MUGEJU", que tiene como finalidad la gestión y control del cumplimiento horario del personal del organismo. Se recogen datos identificativos del personal, como DNI, nombre y apellidos, junto con información sobre entradas y salidas, ausencias, permisos y licencias. El tratamiento es automatizado, y los datos se recogen del sistema informático. El órgano responsable sigue siendo la Gerencia de la MUGEJU, y los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se ejercitan ante esta misma entidad. En cuanto a las medidas de seguridad, se establece un nivel básico para ambos ficheros, lo que implica que se aplican medidas mínimas para garantizar la seguridad de los datos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden JUS/1197/2017 actualiza y crea nuevos ficheros automatizados con datos de carácter personal en el Ministerio de Justicia y sus organismos. Se ajusta a la normativa vigente sobre protección de datos y se adapta a las necesidades actuales. Los ficheros modificados y nuevos incluyen datos identificativos, económicos y de gestión horaria, con medidas de seguridad básicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Orden JUS/1294/2003**: Se actualizan y crean nuevos ficheros automatizados con datos personales. ⚠️ **Cumplimiento legal**: Se ajusta a la Ley Orgánica 15/1999 y su Reglamento de desarrollo. 📋 **Nuevos ficheros**: Fichero 150 (entidades religiosas) y Fichero 151 (control horario). ℹ️ **Medidas de seguridad**: Nivel básico en ambos ficheros. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden JUS/1197/2017 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de noviembre de 2017 - **Materias**: Protección de datos, gestión administrativa, ficheros automatizados - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden JUS/1197/2017, el Ministerio de Justicia y sus organismos públicos regían bajo la Orden JUS/1294/2003, que establecía los ficheros automatizados de datos personales. Esta norma, vigente desde 2003, no contemplaba las nuevas necesidades surgidas con el tiempo, lo que generaba una falta de actualización. La Orden JUS/1197/2017 introduce modificaciones y nuevos ficheros, adaptándose a la evolución legal y tecnológica. Este cambio es relevante porque responde a la obligación legal de actualizar los ficheros de datos personales conforme a la Ley Orgánica 15/1999 y su Reglamento, garantizando el cumplimiento de la normativa estatal y la protección de los derechos de los ciudadanos.