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Real Decreto 872/2017, de 29 de septiembre, por el que se fija la plantilla de la Guardia Civil para el periodo 2017-2021.

BOE-A-2017-11506Publicada: 07/10/2017MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 872/2017, de 29 de septiembre, por el que se fija la plantilla de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 872/2017 establece la plantilla reglamentaria de la Guardia Civil para el periodo 2017-2021, modificando y derogando el anterior Real Decreto 388/2013. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 872/2017 sustituye al Real Decreto 388/2013, que establecía la plantilla para el periodo 2013-2018. La Ley 29/2014 establece que el Consejo de Ministros debe fijar la plantilla reglamentaria cada cuatro años. La disposición transitoria novena de la Ley 29/2014 establece que el Real Decreto 388/2013 solo tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2017, tras lo cual se aprobará una nueva plantilla. El Real Decreto 872/2017 se publicó el 29 de septiembre de 2017 y entró en vigor el día siguiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 872/2017, de 29 de septiembre, fija la plantilla reglamentaria de la Guardia Civil para el periodo 2017-2021, sustituyendo al Real Decreto 388/2013, de 31 de mayo, que se derogó. El Real Decreto 872/2017 se basa en el artículo 25.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, que establece que la plantilla del Cuerpo se ajustará a los créditos presupuestarios y que el Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior, fijará la plantilla reglamentaria para periodos de cuatro años, excepto para el primer empleo de cada escala. El Real Decreto 872/2017 establece que la plantilla reglamentaria contemplará la nueva escala de oficiales definida en la Ley 29/2014, sin que los empleos de capitán, teniente y alférez se incluyan hasta que finalice el proceso de constitución de dicha escala. Además, la plantilla reglamentaria para el segundo semestre de 2017 no podrá ser inferior a la actualmente fijada para la escala superior de oficiales. También se fija la correspondiente a los empleos de Teniente Coronel y Comandante de la escala a extinguir de oficiales, que será al menos de sesenta componentes del primer empleo y ciento veinte del segundo. En cuanto al proceso de ascenso al empleo de capitán, el Real Decreto establece que el número máximo de capitanes en la escala de oficiales quedará determinado por los efectivos que se incorporen a la escala como consecuencia del proceso de integración. Hasta llegar a ese número, se darán al ascenso todas las vacantes que se produzcan, de acuerdo con la normativa vigente sobre evaluaciones y ascensos. También se establece que el número máximo de capitanes en la escala de oficiales de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, quedará determinado por los efectivos que permanezcan en esta escala tras la incorporación a la escala de oficiales de quienes cumplan los requisitos. Hasta llegar a ese número, se darán al ascenso todas las vacantes que se produzcan. Por otro lado, los tenientes de las escalas facultativa superior y facultativa técnica, ambas de la Ley 42/1999, ascenderán al cumplir el tiempo mínimo de servicio en el empleo de tres y cinco años, respectivamente. El Real Decreto 872/2017 deroga el Real Decreto 388/2013, de 31 de mayo, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. Además, establece que el presente real decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y para el periodo anual 2017/2018 será efectivo desde el 1 de julio de 2017. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 872/2017 establece una nueva plantilla reglamentaria de la Guardia Civil para el periodo 2017-2021, sustituyendo al anterior Real Decreto 388/2013. Establece normas sobre ascensos y efectivos, y deroga disposiciones anteriores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva plantilla reglamentaria**: Se establece la plantilla para el periodo 2017-2021, sustituyendo al Real Decreto 388/2013. ⚠️ **Derogación del Real Decreto 388/2013**: Se derogó el Real Decreto 388/2013, que tenía vigencia hasta el 30 de junio de 2017. 📋 **Normas sobre ascensos**: Se establecen condiciones para el ascenso al empleo de capitán y teniente, según el tiempo de servicio y la incorporación a nuevas escalas. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entró en vigor el día siguiente a su publicación y fue efectivo desde el 1 de julio de 2017. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 872/2017 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 29 de septiembre de 2017 - **Materias**: Organización del Cuerpo de la Guardia Civil, Plantilla reglamentaria, Ascensos, Efectivos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 872/2017, la plantilla de la Guardia Civil estaba regulada por el Real Decreto 388/2013, vigente entre 2013 y 2017. Este nuevo decreto sustituye al anterior, alineándose con la Ley 29/2014 que establece la periodicidad de cuatro años para la fijación de la plantilla. La importancia de esta norma radica en su vinculación con el marco estatal y la regulación de la Administración Pública, reflejando la necesidad de adaptar la estructura del Cuerpo a las necesidades del Estado y a los recursos presupuestarios, enmarcada dentro del sistema de gestión de personal de la Administración Pública española.

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