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ResoluciónNacionalvigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5150-2019, en relación con la disposición adicional 33, apartado 1, de la Ley 14/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017, por posible vulneración de los artículos 66.2 y 134.2 de la CE.

BOE-A-2019-15852Publicada: 06/11/2019TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un procedimiento ante el Tribunal Constitucional español en el que se cuestiona si una disposición legal es compatible con la Constitución. Específicamente, se examina si la disposición adicional 33, apartado 1, de la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017 vulnera dos artículos constitucionales sobre funciones del Parlamento y presupuestos generales del Estado. **¿A quién afecta?** Afecta a la disposición adicional 33 de la Ley de Presupuestos catalanes de 2017, y a todas las partes que participan en el procedimiento original tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. Estas partes tienen derecho a intervenir ante el Tribunal Constitucional en los quince días posteriores a la publicación de este anuncio. **¿Qué cambia o establece?** Se admite formalmente la cuestión de inconstitucionalidad para su tramitación y se reserva la competencia de conocer el caso al Pleno completo del Tribunal Constitucional. Se establece un plazo de quince días para que las partes del procedimiento original se personen ante el Tribunal si desean participar en la cuestión.

💬 Contexto ciudadano

La disposición adicional 33 de la Ley de Presupuestos de Cataluña 2017 ya estaba aprobada por el Parlamento autonómico desde 2016, pero su constitucionalidad es cuestionada ante el Tribunal Constitucional español por posible vulneración de competencias parlamentarias y límites presupuestarios. Este procedimiento se alinea con el control de constitucionalidad que existe en todas las comunidades autónomas españolas, aunque las cuestiones específicas sobre distribución de funciones son propias del modelo autonómico catalán. La decisión del TC afectará a la validez de disposiciones presupuestarias catalanas y establecerá precedente para otras CCAA sobre límites constitucionales a sus presupuestos; para el ciudadano importa porque determina cómo se aprueban, distribuyen y ejecutan fondos públicos autonómicos, influyendo en servicios esenciales financiados con esos presupuestos y en el alcance de autonomía fiscal que pueden ejercer las comunidades respecto al Estado.

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