Reglamento UENacionalvigente

Circular 3/2019, de 22 de octubre, del Banco de España, por la que se ejerce la facultad conferida por el Reglamento (UE) 575/2013 de definir el umbral de significatividad de las obligaciones crediticias vencidas.

BOE-A-2019-15683Publicada: 01/11/2019BANCO DE ESPAÑA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una circular del Banco de España que define cuándo una deuda se considera "significativa" para los cálculos de riesgo que deben hacer las entidades de crédito. Completa una norma europea (Reglamento UE 575/2013) que permite a cada autoridad nacional fijar este umbral. El Banco Central Europeo ya lo había establecido para bancos grandes, pero faltaba hacerlo para bancos pequeños y medianos españoles. **¿A quién afecta?** A las entidades de crédito españolas que no son "significativas" (es decir, los bancos y cajas medianos y pequeños supervisados directamente por el Banco de España). También se aplica a las sucursales en España de bancos extranjeros no europeos que operan bajo las mismas normas de solvencia. **¿Qué cambia o establece?** Establece dos umbrales de significatividad de deuda vencida: deudas de 100 euros en mínimo (para clientes particulares) o 500 euros (para otros deudores), y un porcentaje sobre el importe total adeudado. Las entidades deben aplicarlo a partir del 31 de diciembre de 2020 como máximo, tras notificar previamente su fecha exacta de inicio al Banco de España antes del 31 de diciembre de 2019. Esto asegura que todos usen los mismos criterios para identificar qué deudas vencidas son relevantes.

💬 Contexto ciudadano

El Reglamento UE 575/2013 ya establecía la obligación de determinar umbrales de significatividad para obligaciones crediticias vencidas, pero delegaba en las autoridades nacionales su concreción. El Banco Central Europeo había fijado estos criterios para entidades significativas, pero existía un vacío normativo para bancos medianos y pequeños españoles supervisados directamente por el Banco de España. Esta circular cierra esa brecha aplicando umbrales uniformes (100 euros para particulares, 500 para otros deudores) que alinean la supervisión española con estándares europeos de Basilea III. La medida importa al ciudadano porque establece certeza en cómo se clasifica su deuda vencida, afectando indirectamente a disponibilidad de crédito y costes financieros, al vincular estos criterios con requisitos de capital de las entidades.

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