Orden MinisterialNacionalvigente

Orden DEF/1269/2019, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden DEF/1434/2016, de 31 de agosto, por la que se establecen las normas de evaluación, de progreso y de permanencia en los centros docentes militares de formación para la incorporación a las escalas de oficiales.

BOE-A-2019-18745Publicada: 31/12/2019MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Ministerio de Defensa que modifica las reglas sobre cómo se evalúan, avanzan y permanecen los estudiantes en los centros militares que forman oficiales. La orden anterior permitía como máximo 5 intentos (convocatorias) para aprobar una asignatura; esta nueva la ajusta después de ver que muchos estudiantes abandonaban sin terminar la carrera. **¿A quién afecta?** A los alumnos que estudian para ser oficiales en los centros docentes militares, especialmente a quienes cursan el título de grado en estos centros. Afecta también a los militares profesionales que acceden a la formación de oficiales con titulación previa. **¿Qué cambia o establece?** Aumenta el número máximo de intentos para aprobar asignaturas del grado a seis en total, mantiene cuatro para el resto de asignaturas. Establece que si un estudiante no aprueba tras agotar todos los intentos, debe darse de baja del centro. Modifica cómo se cuentan los créditos cuando un militar ya tiene formación militar previa. También cambia las normas sobre las juntas docentes que supervisan los estudios, adaptándolas a la normativa actual de los centros militares.

💬 Contexto ciudadano

La Orden DEF/1269/2019 responde a la necesidad de reducir los abandonos en la formación de oficiales militares, problema que evidenció la rigidez de la anterior Orden DEF/1434/2016, que limitaba a cinco convocatorias por asignatura. Esta modificación (aumentando a seis intentos para grado y manteniendo cuatro para otras materias) se alinea con criterios más flexibles empleados en universidades civiles españolas, donde prevalecen sistemas de re-evaluación sin límites fijos, aunque con controles de dedicación. La normativa militar, siendo competencia exclusiva del Ministerio de Defensa y no transferible a comunidades autónomas, se armoniza parcialmente con principios europeos de movilidad estudiantil y eficiencia educativa (Directiva 2005/36/CE). Esta reforma importa al ciudadano porque mejora las probabilidades de acceso a la carrera militar mediante procesos selectivos, reforzando la profesionalización de las Fuerzas Armadas españolas y reduciendo desperdicio de recursos públicos en formación interrumpida.

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