Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

BOE-A-2015-3564Publicada: 01/04/2015Ministerio de Economía y Competitividad

¿Qué dice esta ley?

[SKIP: texto>115497 chars]

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ECC/566/2015, no existía una normativa estatal específica que regulara la formación del personal que maneja animales en experimentación científica. Aunque existían normas autonómicas y europeas, estas eran heterogéneas y no garantizaban un nivel mínimo de formación. La importancia de esta norma radica en que establece un marco común a nivel estatal, mejorando la protección animal y la calidad de los estudios científicos, al asegurar que el personal esté debidamente capacitado, lo que también facilita la coordinación entre las comunidades autónomas y la Unión Europea.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →