Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 3/2020, de 12 de enero, sobre las Vicepresidencias del Gobierno.

BOE-A-2020-411Publicada: 13/01/2020Presidencia del Gobierno

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un Real Decreto que establece la estructura de las Vicepresidencias del Gobierno español, creando cuatro posiciones de vicepresidente con funciones que determina el Presidente del Gobierno. **¿A quién afecta?** A los vicepresidentes del Gobierno, que asumen las responsabilidades que el Presidente les asigne y presiden comisiones delegadas del Gobierno según se determine en futuros decretos. **¿Qué cambia o establece?** Crea cuatro Vicepresidencias (Primera, Segunda, Tercera y Cuarta). La Primera presidirá la Comisión Delegada que se indique y la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios. Las otras tres presidirán comisiones delegadas según corresponda. Deroga disposiciones previas que se opongan a esto y entra en vigor el mismo día de su publicación.

💬 Contexto ciudadano

La figura de la Vicepresidencia del Gobierno está prevista en el artículo 98.1 CE y regulada por la Ley 50/1997 del Gobierno. El Real Decreto 3/2020 establece cuatro Vicepresidencias en la estructura del Gobierno de coalición, una multiplicación sin precedentes en la democracia española, donde lo habitual habían sido una o como máximo dos vicepresidencias. Esta novedad refleja la distribución de poder entre los socios de la coalición y la necesidad de dar rango institucional visible a los distintos partidos gubernamentales. Comparado con otros sistemas parlamentarios europeos con experiencia en coaliciones multipartidistas, la pluralidad de vicepresidencias responde a la complejidad de la arquitectura gubernamental de un primer ejecutivo de coalición en España.

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