Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/79/2020, de 29 de enero, por la que se modifica la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

BOE-A-2020-1446Publicada: 31/01/2020MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden ministerial que cambia las reglas sobre qué enfermedades impiden el acceso a escuelas militares. Hasta ahora, ciertas enfermedades eran automáticamente excluyentes. Esta norma modifica eso para algunas de ellas. **¿A quién afecta?** A las personas que quieren entrar a estudiar en centros de formación militar (academias militares, centros de instrucción). También afecta a miembros de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil que se presenten a oposiciones. **¿Qué cambia o establece?** El virus del VIH, la diabetes y la psoriasis dejan de ser razones automáticas para ser rechazado. En su lugar, un médico militar evaluará cada caso individualmente y decidirá si la enfermedad es compatible con la vida militar. La decisión dependerá del tipo y gravedad de la enfermedad en cada persona, no de una lista fija de exclusiones.

💬 Contexto ciudadano

Hasta 2020, el acceso a la formación militar en España se regía por un sistema de exclusiones médicas rígidas y automáticas: determinadas enfermedades —como el VIH, diabetes o psoriasis— constituían impedimentos insuperables. Esta Orden PCM/79/2020 representa un cambio significativo hacia un modelo evaluativo individualizado, alineado con la Directiva 2000/78/CE sobre no discriminación por discapacidad. Mientras que algunas comunidades autónomas como Cataluña ya habían avanzado hacia sistemas inclusivos en su normativa sanitaria, esta reforma nacionaliza ese criterio para las Fuerzas Armadas. La medida importa decisivamente para el ciudadano porque reconoce que la presencia de una enfermedad crónica no predetermina la capacidad funcional, permitiendo que médicos militares evalúen compatibilidad real con la vida castrense, lo que amplía oportunidades de carrera a personas con condiciones que, adecuadamente controladas, no impiden desempeño operacional.

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