Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/2607/2010, de 1 de octubre, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los formadores que impartan los cursos de cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

BOE-A-2010-15421Publicada: 08/10/2010Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

[SKIP: texto>74063 chars]

💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor del Orden FOM/2607/2010, los requisitos para los formadores de conductores en el ámbito estatal y autonómico eran dispersos y poco homogéneos, lo que generaba una falta de coordinación entre las Comunidades Autónomas y la Unión Europea. La norma establece un marco común que armoniza los requisitos formativos, garantizando una formación de calidad y coherente con los estándares europeos. Esto importa porque mejora la movilidad laboral de los conductores y asegura una formación profesionalizada, alineada con las normativas de la UE, lo que favorece la competitividad del sector del transporte por carretera.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →