Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

BOE-A-2020-2386Publicada: 19/02/2020Ministerio de Política Territorial y Función Pública

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un Real Decreto que organiza la estructura interna del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. Define qué órganos y dependencias tiene el ministerio, quién manda en cada uno, y qué tareas les corresponden. **¿A quién afecta?** Afecta a la administración pública de este ministerio: sus trabajadores, sus órganos directivos y los organismos públicos que dependen de él (como el Boletín Oficial del Estado y centros de investigación). Indirectamente afecta a ciudadanos que usan servicios de este ministerio. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el ministerio es responsable de asuntos constitucionales, la relación entre el Gobierno y el Parlamento, el programa legislativo, apoyo al Presidente, símbolos nacionales, memoria histórica y libertad religiosa. Crea tres órganos principales: una Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, otra de Memoria Democrática, y una Subsecretaría. Adscritos a este ministerio están el Boletín Oficial del Estado, dos centros de investigación y una fundación. También establece un Gabinete como oficina de apoyo directo a la Ministra.

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 373/2020 reordena una estructura ministerial que ha evolucionado conforme los gobiernos redefinieron sus prioridades: mientras administraciones anteriores concentraban funciones presidenciales en un único ministerio, este decreto especializa la relación Ejecutivo-Legislativo, la memoria democrática y asuntos constitucionales en órganos diferenciados, reflejo de la creciente importancia política de estas áreas en democracias europeas contemporáneas. Como norma estatal, su aplicación es vinculante únicamente para la administración central, contrario a las competencias compartidas de algunas autonomías. Su aprobación como Decreto indica estricta competencia estatal sin intervención parlamentaria previa. Para los ciudadanos importa porque regula servicios cotidianos—desde la publicación de normas en el Boletín Oficial hasta el acceso a archivos de memoria histórica—y determina la eficacia de la comunicación institucional Gobierno-Parlamento.

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