Texto enmendado del Anexo I, Listas de sustancias y métodos prohibidos, de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecha en París el 18 de noviembre de 2005, cuyas Enmiendas fueron aprobadas en París el 15 de noviembre de 2019.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es la lista oficial de sustancias y métodos prohibidos en el deporte para evitar el dopaje, establecida conforme al Código Mundial Antidopaje. Proviene de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecha en París en 2005 y actualizada con enmiendas aprobadas en 2019. Clasifica las prohibiciones en categorías según el tipo de sustancia o método, especificando cuáles están prohibidas en todo momento (dentro y fuera de competición). **¿A quién afecta?** Afecta a todos los deportistas que participan en competiciones deportivas enmarcadas bajo estas normas internacionales antidopaje. También aplica a entrenadores, médicos y personal de soporte que trabajen con deportistas, ya que son responsables de conocer y cumplir estas restricciones. **¿Qué cambia o establece?** Establece un catálogo exhaustivo de sustancias prohibidas, incluyendo agentes anabolizantes (esteroides androgénicos, clembuterol, moduladores selectivos de receptores de andrógenos); hormonas peptídicas (eritropoyetinas, hormonas de crecimiento, gonadotrofinas); beta-2 agonistas (con algunas excepciones inhaladas bajo dosis máximas específicas); y moduladores de hormonas y metabolismo. Prohíbe también cualquier sustancia farmacológica no aprobada por autoridades sanitarias para uso humano. Establece umbrales de concentración urinaria: por ejemplo, salbutamol no debe superar 1000 nanogramos por mililitro, y formoterol no debe superar 40 nanogramos por mililitro.
💬 Contexto ciudadano
La lista actualizada de sustancias prohibidas representa la evolución del marco antidopaje internacional establecido desde 2005, incorporando las enmiendas de 2019 que fortalecen los estándares globales. Anteriormente, los controles antidopaje se regían por listas menos uniformes; ahora, esta regulación armoniza criterios en todas las jurisdicciones adheridas a la Convención de UNESCO (prácticamente todas las naciones deportivas). La Unión Europea ha incorporado estos estándares en su legislación, siendo España miembro pleno del Código Mundial Antidopaje. La relevancia ciudadana radica en garantizar competencia leal y proteger la salud de los deportistas, especialmente jóvenes, mientras se protegen económicamente las inversiones deportivas nacionales. Esta actualización responde a nuevas técnicas de dopaje que eludían controles anteriores, manteniendo la integridad competitiva en un contexto de sofisticación tecnológica del fraude deportivo.