Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TMA/105/2020, de 31 de enero, por la que se establecen las normas para la concesión y mantenimiento de las licencias de explotación de servicios aéreos.

BOE-A-2020-1995Publicada: 12/02/2020Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden ministerial que establece las reglas para otorgar y mantener licencias a las compañías aéreas que quieran prestar servicios de transporte aéreo en España. Actualiza y reemplaza una norma de 1998, simplificando los procedimientos y permitiendo que los trámites se realicen por vía electrónica. **¿A quién afecta?** A las compañías aéreas que deseen explotar servicios de transporte de pasajeros, correo o carga. No se aplica a aeronaves sin motor, ultraligeras con motor, ni a vuelos locales. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea es la autoridad responsable de otorgar, supervisar, denegar, suspender o revocar estas licencias. **¿Qué cambia o establece?** Crea dos categorías de licencias: la categoría A para empresas sin limitaciones de tamaño de aeronaves, y la categoría B para empresas con aeronaves de menos de 10 toneladas o menos de 20 asientos. Define que las licencias permiten realizar servicios dentro de la Comunidad Europea, aunque los servicios internacionales están sujetos además a acuerdos internacionales. Simplifica el procedimiento anterior y requiere nuevos formularios y documentación, manteniendo los requisitos de control financiero de las compañías.

💬 Contexto ciudadano

La Orden TMA/105/2020 moderniza el marco regulatorio español de licencias aéreas, sustituyendo la norma de 1998 con procedimientos digitalizados y categorías de operadores simplificadas. Esta actualización alinea España con el Reglamento (CE) 1008/2008 de la Unión Europea, que armoniza los requisitos de licencias entre Estados miembros desde 2008 y elimina barreras regulatorias internas. Mientras que el marco comunitario establece estándares mínimos que todos los países cumplen, la orden española operacionaliza estos requisitos mediante dos categorías (A y B) adaptadas al mercado nacional. La norma importa significativamente al ciudadano porque una licencia bien regulada y supervisada —con controles financieros reforzados— garantiza que solo empresas solventes operen servicios aéreos, reduciendo riesgos de quiebra de aerolíneas y mejorando la estabilidad del mercado doméstico y europeo de transporte aéreo.

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