Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/262/2020, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

BOE-A-2020-3946Publicada: 21/03/2020Ministerio del Interior

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden ministerial de marzo de 2020 que regula el tráfico y la circulación de vehículos durante el estado de alarma por COVID-19. Autoriza al Ministro del Interior a cerrar carreteras o restringir el acceso de vehículos por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico, y establece cómo deben coordinarse estas decisiones entre autoridades estatales, autonómicas y locales. **¿A quién afecta?** A todos los ciudadanos que conduzcan, especialmente a empresas de transporte de mercancías. También afecta a las autoridades de tráfico (estatal, regional y local) que deben ejecutar y comunicar estas medidas, y a los conductores de vehículos esenciales (medicinas, alimentos, combustible, correos) que quedan exceptuados de las restricciones. **¿Qué cambia o establece?** Permite el cierre de vías o la restricción de circulación para ciertos vehículos, con excepciones automáticas para servicios esenciales (medicinas, alimentos, combustibles, correos, recogida de residuos, entre otros). Suspende temporalmente las restricciones normales al transporte de mercancías. Paraliza las campañas especiales de control de tráfico programadas. También suspende los plazos de los procedimientos administrativos de tráfico, manteniendo válidos durante el estado de alarma los permisos de conducción y circulación que vencerían normalmente.

💬 Contexto ciudadano

La Orden INT/262/2020 innovó respecto al régimen de tráfico anterior, basado en la Ley de Tráfico 3/1997, al habilitar cierres de vías por criterios sanitarios más allá de seguridad viaria. Mientras la UE no dictó directivas específicas y cada Estado actuó de forma autónoma, países como Francia e Italia implementaron restricciones análogas. A nivel nacional, el Gobierno central ejerció control ejecutivo directo, aunque algunas comunidades autónomas demandaron mayor participación en decisiones de coordinación territorial. Su relevancia radica en que legitimó restricciones de movilidad con excepciones automáticas para servicios esenciales y suspendió plazos administrativos de tráfico, preservando la validez de permisos vencidos. Esto permitió al ciudadano común comprender que ciertas libertades circulatorias podrían limitarse por interés público sanitario, estableciendo un precedente regulatorio de emergencia sin equiparar a estado de excepción.

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