Orden MinisterialNacionalvigente

Sentencia de 18 de febrero de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso interpuesto por Asociación Empresarial Multisectorial, Cecot, contra la Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el 2017.

BOE-A-2020-3439Publicada: 11/03/2020TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una sentencia del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2020 que resuelve un recurso presentado por CECOT (una asociación empresarial) contra una orden ministerial de 2016 que establecía los peajes y cánones para acceder a las tuberías de gas y determinaba cuánto debían cobrar las empresas por ciertos servicios relacionados con el gas durante 2017. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a CECOT, que ganó parcialmente su demanda. También impacta a todas las empresas del sector gasista y a terceros que necesitan acceso a las instalaciones de gas, puesto que la sentencia anula partes de la norma que regulaba los precios y condiciones de ese acceso. **¿Qué cambia o establece?** La sentencia declara nulos el artículo 8 de la orden de 2016 y dos apartados específicos (letras j y k) del anexo I de esa misma orden. Rechaza el resto de pretensiones de la demandante. No condena a ninguna de las partes al pago de gastos judiciales.

💬 Contexto ciudadano

La regulación de los peajes de acceso a infraestructura gasista en España se enmarcan en la directiva europea de mercado interior del gas (Directiva 2009/73/CE) que busca fomentar la competencia mediante el acceso de terceros a redes. Antes de esta orden de 2016, existían regulaciones anteriores del Ministerio para la Transición Ecológica que buscaban equilibrar los ingresos de operadores de red con la competitividad del mercado. La sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2020 representa una corrección parcial a esa regulación ministerial tras el recurso de CECOT, anulando elementos que la asociación consideraba desproporcionados. Aunque la mayoría de CCAA carecen de competencias normativas directas sobre peajes (materia estatal), el impacto trasciende al sector: una mayor claridad en los criterios de cálculo de peajes repercute en los costes de acceso de operadores competidores, influyendo indirectamente en los precios finales del gas que pagan los ciudadanos y empresas españolas.

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