Ley OrdinariaNacionalvigente

Acuerdo Multilateral RID 2/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a inspecciones periódicas o intermedias de cisternas de conformidad con los apartados 6.8.2.4.2, 6.8.2.4.3, 6.8.3.4.6, 6.8.3.4.12, 6.9.5.2 y 6.10.4 del RID, hecho en Madrid el 25 de marzo de 2020.

BOE-A-2020-4401Publicada: 10/04/2020Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo internacional entre países europeos que transportan mercancías peligrosas por ferrocarril. Permite una prórroga temporal en las inspecciones de las cisternas (tanques) que transportan estas mercancías. Las inspecciones periódicas que vencían entre el 1 de marzo y el 1 de agosto de 2020 se mantienen válidas hasta el 1 de septiembre de 2020, siempre que se realicen antes de esa fecha. **¿A quién afecta?** Afecta a operadores y transportistas ferroviarios de los países firmantes del acuerdo. Específicamente, a quienes operan cisternas para transporte de mercancías peligrosas en los territorios de estos países. España participó en el acuerdo a través de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. **¿Qué cambia o establece?** Establece una excepción temporal a las normas habituales de inspección: extiende la validez de inspecciones vencidas durante el período especificado hasta el 1 de septiembre de 2020. El acuerdo es válido solo hasta esa fecha y puede revocarse antes por alguno de los firmantes, dejando de aplicarse en el territorio de quien lo revoque. Entró en vigor el 25 de marzo de 2020.

💬 Contexto ciudadano

El Acuerdo Multilateral RID 2/2020, firmado en Madrid el 25 de marzo de 2020, prorroga la validez de las inspecciones de cisternas utilizadas en el transporte ferroviario de mercancías peligrosas. Las cisternas ferroviarias —vagones-cisterna para líquidos inflamables, gases licuados o productos corrosivos— deben superar inspecciones periódicas e intermedias en instalaciones autorizadas. Al igual que los acuerdos equivalentes para el transporte por carretera (M325), este acuerdo responde al cierre de las instalaciones de inspección durante el confinamiento. El sistema ferroviario de mercancías peligrosas fue especialmente relevante durante la pandemia para el transporte de grandes volúmenes de combustibles, productos químicos industriales y materias primas hacia las industrias declaradas esenciales, cuyo suministro no podía interrumpirse durante el estado de alarma.

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