Decreto-ley 1/2020, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas liberalizadoras de los horarios de apertura de las actividades comerciales habilitadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionado por el COVID-19.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un decreto-ley de la Junta de Extremadura del 18 de marzo de 2020 que flexibiliza los horarios de apertura de los establecimientos comerciales minoristas que el Gobierno nacional permitió abrir durante el estado de alarma por la pandemia de COVID-19. **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos que necesitan comprar productos de primera necesidad y a los comercios minoristas autorizados a funcionar durante el estado de alarma, permitiéndoles ampliar sus horarios de atención al público. **¿Qué cambia o establece?** Establece que los comercios habilitados puedan abrir con horarios más flexibles y ampliados durante el estado de alarma. Esto permite que las personas hagan compras de forma distribuida en el tiempo, evita aglomeraciones en las tiendas, reduce riesgos de contagio y da tiempo a los comercios para desinfectar sus locales y reponer productos.
💬 Contexto ciudadano
El Decreto-ley 1/2020 de Extremadura flexibiliza los horarios de apertura de los establecimientos comerciales que el Real Decreto de estado de alarma había autorizado a seguir abiertos durante el confinamiento. El estallido de la pandemia coincidió con el inicio del estado de alarma el 14 de marzo, y los establecimientos esenciales —alimentación, farmacias, gasolineras— necesitaban adaptar sus horarios a la nueva demanda, concentrada en las primeras horas del día. Extremadura fue de las primeras comunidades en adoptar una norma específica sobre horarios comerciales durante el estado de alarma, ejerciendo sus competencias en materia de comercio interior para garantizar el abastecimiento en un territorio con importantes zonas rurales donde un único establecimiento puede ser la única opción de compra para los residentes locales.