Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley Foral 10/2020, de 8 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020.

BOE-A-2020-4544Publicada: 21/04/2020COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley foral de Navarra, aprobada en abril de 2020 durante la pandemia de COVID-19, que modifica la ley de presupuestos del año 2020. Su propósito es permitir que el Gobierno de Navarra maneje el dinero público de forma más flexible para gastar lo necesario en medidas contra el coronavirus, sin estar limitado por las normas presupuestarias habituales. **¿A quién afecta?** Afecta a la administración pública de Navarra (los departamentos y organismos del Gobierno foral) en cómo pueden usar y distribuir el dinero público destinado a acciones contra la pandemia. Indirectamente afecta a todos los ciudadanos de Navarra, porque determina cómo se gasta el dinero público en su comunidad. **¿Qué cambia o establece?** Establece que todas las partidas presupuestarias (dineros) creadas o necesarias para lucha contra el coronavirus pueden aumentarse sin límite durante 2020, rompiendo la regla anterior que impedía hacer esto. Además, permite que se muevan dineros de un gasto COVID-19 a otro según se necesite, y autoriza a cada departamento a aprobar estos movimientos, o al Departamento de Economía y Hacienda si afecta a varios departamentos.

💬 Contexto ciudadano

La Ley Foral 10/2020 modifica los Presupuestos Generales de Navarra para 2020, habilitando el uso de créditos extraordinarios y la flexibilización de las reglas de ejecución presupuestaria para hacer frente al gasto COVID. La autonomía presupuestaria de Navarra —garantizada por el Convenio Económico que le permite recaudar y gestionar sus propios tributos— otorgó un margen de maniobra financiera más amplio que el de las comunidades de régimen común. La modificación presupuestaria era necesaria porque los presupuestos aprobados a finales de 2019 no preveían partidas para gastos sanitarios extraordinarios, adquisición de EPI ni para las prestaciones sociales de emergencia, lo que bloqueaba la ejecución de gasto urgente sin una norma habilitante que ampliara los créditos disponibles para las necesidades más apremiantes de la crisis.

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