Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).

BOE-A-2020-4541Publicada: 21/04/2020Comunidad Foral de Navarra

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley aprobada por el Parlamento de Navarra en 2020 que establece medidas extraordinarias y urgentes para que la administración pública y las empresas que tienen contratos con el Estado puedan responder a los problemas causados por la pandemia del COVID-19. Es una norma que suspende o modifica temporalmente los requisitos y obligaciones normales durante la crisis sanitaria. **¿A quién afecta?** Afecta a las entidades públicas de Navarra, a las empresas que tienen contratos vigentes para prestar servicios, suministros u obras a la administración navarra, y a los trabajadores empleados en esos contratos. Protege tanto a la administración como a los contratistas ante las dificultades generadas por el cierre de actividades y restricciones del estado de alarma. **¿Qué cambia o establece?** La ley suspende automáticamente los contratos que no pudieran ejecutarse por culpa del COVID-19, permitiendo que se reanuden cuando sea posible. Los contratos vencidos pueden prorrogarse hasta nueve meses si no hay contrato nuevo disponible. Las empresas que se retrasan por la pandemia reciben ampliaciones de plazo. Se permite indemnizar a las empresas por gastos salariales durante la suspensión, sin que se les puedan imponer multas ni cancelar sus contratos por estos motivos relacionados con la crisis.

💬 Contexto ciudadano

La Ley Foral 7/2020 de Navarra adopta el segundo paquete de medidas urgentes COVID-19, complementando la Ley Foral 6/2020 con disposiciones específicas sobre contratos públicos, función pública y relaciones con las empresas contratistas de la Administración foral. La regulación urgente de la contratación pública durante el estado de alarma fue necesaria en todos los niveles administrativos para dar cobertura legal a las decisiones adoptadas de emergencia —pagos anticipados, suspensiones de contratos, prórrogas automáticas— que no encontraban habilitación suficiente en las normas habituales de contratación. Navarra, con su propio sistema de contratación pública regulado por la Ley Foral de Contratos Públicos, necesitaba adoptar estas medidas con instrumentos normativos propios sin esperar la regulación estatal general para los contratos de su competencia.

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