Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 6/2005, de 7 de julio, sobre la Declaración de Voluntades Anticipadas en materia de la propia salud.

BOE-A-2005-14495Publicada: 25/08/2005COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

¿Qué dice esta ley?

**Tú decides sobre tu salud futura** Esta ley te permite expresar por escrito tus deseos sobre tratamientos médicos o el destino de tu cuerpo si en el futuro no pudieras comunicarte. Es una forma de que tu voluntad sea respetada cuando no estés en condiciones de expresarla. Concretamente, puedes dejar instrucciones claras sobre qué tratamientos médicos deseas o no deseas recibir, o qué hacer con tu cuerpo o tus órganos tras tu fallecimiento. Esto se hace a través de un documento llamado 'voluntades anticipadas' o 'instrucciones previas'. La ley entró en vigor el 25 de agosto de 2005. Es importante que sepas que tienes este derecho para que tu autonomía y dignidad sean protegidas en todo momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la capacidad de un paciente para decidir sobre su tratamiento futuro cuando no podía expresarse era limitada. La Ley 6/2005 de Castilla-La Mancha se alinea con el Convenio de Oviedo y la legislación estatal básica (Ley 41/2002), que ya contemplaban las 'instrucciones previas'. A diferencia de otras comunidades autónomas que desarrollaron normativas similares, esta ley concreta el procedimiento para la declaración de voluntades anticipadas en Castilla-La Mancha. Su importancia radica en garantizar el derecho a la autonomía del paciente y la protección de la dignidad humana, permitiendo que las decisiones médicas respeten los deseos personales incluso en situaciones de incapacidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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