Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/1589/2005, de 31 de mayo, por la que se establece un plan para la pesca de langosta con nasas, en determinada zona del Cantábrico Oriental.

BOE-A-2005-9053Publicada: 01/06/2005Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

**Regulación de la pesca de langosta en el Cantábrico Oriental** Esta orden ministerial establece un plan específico para la pesca de langosta utilizando nasas en una zona concreta del Cantábrico Oriental. Su objetivo principal es asegurar la explotación sostenible de este recurso, teniendo en cuenta tanto su estado biológico como las necesidades del sector pesquero y las tradiciones locales. Lo que cambia concretamente es la autorización del uso de nasas de tipo artesanal con dimensiones y características técnicas particulares, que pueden diferir de las establecidas en la normativa general para este tipo de aparejos. Esto se hace para adaptase a las particularidades de la pesca tradicional de langosta en la zona de Vizcaya. La orden entró en vigor el 1 de junio de 2005, fecha posterior a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Su aplicación se centra en pescadores del Estado español que operan en la zona delimitada del Cantábrico Oriental. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la pesca de langosta en el Cantábrico Oriental se regía por normativas generales, como el Real Decreto 410/2001, que establecía características técnicas para las artes de pesca. Sin embargo, la normativa europea, como el Reglamento (CE) 850/1998, permite a los Estados Miembros adoptar medidas más estrictas o adaptadas si son compatibles con el Derecho Comunitario. Esta orden, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, responde a la necesidad de gestionar de forma específica la pesquería local de langosta en Vizcaya, reconociendo sus usos y costumbres tradicionales. Su importancia radica en equilibrar la conservación del recurso con la viabilidad económica del sector pesquero local. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →