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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/799/2004, de 10 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos provisionales del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores.

BOE-A-2004-5640Publicada: 29/03/2004Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

**Se aprueban las normas para el Consejo de Decoradores** Esta orden ministerial establece las reglas provisionales para el funcionamiento del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores. Este Consejo es una entidad pública creada por ley para representar y organizar a los profesionales de la decoración en España. Su objetivo es asegurar el correcto ejercicio de la profesión y defender los intereses de sus colegiados. Lo que cambia es que se aprueban unos estatutos que servirán como guía temporal para la constitución y el funcionamiento de los órganos de gobierno de este Consejo. Estos estatutos provisionales fueron elaborados por una comisión gestora y ahora son validados por el Ministerio de Fomento, permitiendo que el Consejo comience a operar formalmente mientras se preparan los estatutos definitivos. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que sus efectos comenzaron a aplicarse a partir del 29 de marzo de 2004. Esto permite que el Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores pueda empezar a ejercer sus funciones y a desarrollar su estructura organizativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la creación del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores estaba contemplada en la Ley 2/2002, pero faltaba su regulación específica. Esta norma aprueba los estatutos provisionales, necesarios para su puesta en marcha, mientras se elaboran los definitivos. A diferencia de otras CCAA que podrían tener sus propios consejos autonómicos, esta orden establece un marco nacional. La aprobación de estos estatutos es importante porque dota de personalidad jurídica y capacidad de actuación al Consejo, permitiendo la organización y representación de los decoradores a nivel estatal, algo que no existía de forma consolidada hasta ese momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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