Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TMA/424/2020, de 20 de mayo, por la que se modifican la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad; y la Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo, por la que se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima adoptadas durante el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 al proceso de desescalada.

BOE-A-2020-5192Publicada: 21/05/2020Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden ministerial que modifica las reglas sobre el uso de mascarillas en diferentes medios de transporte (autobús, tren, avión, barco) y ajusta ciertas medidas en la navegación marítima durante la pandemia de COVID-19. El cambio busca alinear estas reglas con las instrucciones que dictó el Ministerio de Sanidad en la misma fecha. **¿A quién afecta?** A todas las personas que utilizan transporte público o privado: viajeros en autobuses, trenes, aviones y barcos; personas que viajan en motocicletas, ciclomotores, furgonetas o vehículos particulares; y trabajadores de estos servicios de transporte que tienen contacto directo con pasajeros. **¿Qué cambia o establece?** Obliga el uso obligatorio de mascarillas en autobús, tren, avión y barco para todos los viajeros (excepto en camarotes de barcos). En transportes privados con pocos asientos, es obligatoria si no todos los ocupantes conviven en el mismo hogar. En autobuses, permite ocupar los asientos detrás del conductor si hay una mampara de protección. Los trabajadores de transporte deben llevar mascarilla siempre. Además, modifica las normas de navegación marítima para permitir que el Ministerio de Sanidad autorice excepciones a las restricciones cuando sea necesario.

💬 Contexto ciudadano

Antes de mayo 2020, durante el confinamiento estricto, la movilidad por transporte estaba paralizada; esta orden marca la transición hacia la normalidad, permitiendo la reapertura mediante mascarillas obligatorias. Respecto a otras CCAA, aunque muchas adoptaron medidas similares, algunas fueron más restrictivas, mientras que a nivel europeo no había coordinación vinculante. La orden estatal es de cumplimiento obligatorio para todo el territorio nacional, aunque CCAA pudieron añadir requisitos más estrictos. Para el ciudadano importa porque equilibra recuperar movilidad económica esencial con protección en espacios de alto riesgo, estableciendo reglas uniformes en un contexto sanitario aún incierto.

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