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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, por la que se determinan los requisitos y el procedimiento para la designación y autorización de los centros médico-aeronáuticos y de los médicos examinadores.

BOE-A-2003-15239Publicada: 30/07/2003Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

**Certificados médicos para volar y controlar el tráfico aéreo** Esta orden establece las reglas para que los centros médicos y los doctores puedan ser autorizados a realizar los exámenes médicos necesarios para obtener y mantener los certificados de aptitud. Estos certificados son obligatorios para todas las personas que trabajan en la aviación civil, como pilotos y controladores aéreos, y son esenciales para garantizar la seguridad en el aire. Lo que cambia es que se definen de forma clara los requisitos que deben cumplir tanto los lugares donde se hacen las pruebas (centros médico-aeronáuticos) como los profesionales que las realizan (médicos examinadores). Esto asegura que los exámenes sean rigurosos y uniformes en todo el país, garantizando que solo las personas con la salud adecuada puedan ejercer estas profesiones. La orden entró en vigor el 30 de julio de 2003, estableciendo un marco normativo para la certificación médica en el sector de la aviación civil, que sigue siendo relevante para la seguridad aérea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la normativa sobre certificados médicos para el personal de vuelo se basaba en el Real Decreto 270/2000 y en las normas europeas JAR-FCL. Sin embargo, faltaba una regulación específica que detallara los requisitos para la designación y autorización de los centros y médicos examinadores. Esta Orden FOM/2157/2003 vino a cubrir ese vacío, estableciendo un procedimiento claro y uniforme a nivel nacional. A diferencia de otras normativas, que pueden variar entre Comunidades Autónomas o a nivel europeo, esta orden unifica los criterios en España. Su importancia radica en garantizar la competencia y la calidad de los reconocimientos médicos, un pilar fundamental para la seguridad aérea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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