Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 16/2003, de 24 de marzo, sobre publicidad institucional.

BOE-A-2003-9260Publicada: 07/05/2003Comunidad Autónoma de Aragón

¿Qué dice esta ley?

**Regulación de la Publicidad Institucional en Aragón** Esta ley establece las normas para la publicidad que realizan las instituciones públicas de Aragón. Su objetivo es informar a los ciudadanos sobre sus derechos, deberes, el funcionamiento de las administraciones y promover valores sociales. Busca que esta publicidad sea clara, útil y no se use de forma discriminatoria o para influir en procesos electorales. Concretamente, la ley define qué se considera publicidad institucional, a quién afecta (administraciones públicas aragonesas, organismos y empresas públicas dependientes) y establece principios para su contratación, difusión, creación y patrocinio. Se diferencia de la publicidad meramente informativa de actos administrativos o de la publicidad electoral. La ley entró en vigor el 7 de mayo de 2003, fijando un marco para que la comunicación pública sea transparente y equitativa, respetando la libertad de prensa y la igualdad de oportunidades. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la publicidad institucional en Aragón carecía de un marco normativo específico y detallado. La Ley 16/2003 surge para armonizar la normativa autonómica con directivas comunitarias y la Ley General de Publicidad española, buscando profesionalizar y transparentar la comunicación pública. A diferencia de otras comunidades autónomas que ya contaban con regulaciones similares, Aragón establece aquí sus principios rectores. Su aprobación es relevante porque define cómo las administraciones deben informar a los ciudadanos, promoviendo la transparencia y evitando el uso partidista de los recursos públicos en materia publicitaria, lo que impacta directamente en la relación entre el ciudadano y su gobierno. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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