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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/646/2003, de 14 de marzo, por la que se dictan instrucciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41.6 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

BOE-A-2003-5955Publicada: 25/03/2003Ministerio del Interior

¿Qué dice esta ley?

**Protección para tu seguridad en las elecciones** Esta orden permite que ciertas personas, si se sienten amenazadas o coaccionadas, puedan ser excluidas de las copias del censo electoral que se entregan a los partidos políticos. El objetivo es proteger la vida, integridad física o libertad de quienes puedan estar en riesgo. Concretamente, si crees que tu seguridad puede verse comprometida, puedes solicitar al Ministerio del Interior que tu nombre no aparezca en las listas del censo que se distribuyen. Esta exclusión, una vez aprobada, será válida para el proceso electoral más cercano, siempre que la solicitud se presente con suficiente antelación. La orden entró en vigor el 25 de marzo de 2003. Para que la exclusión tenga efecto en las próximas elecciones, la solicitud debe presentarse antes de que pasen quince días desde la convocatoria electoral. De lo contrario, la medida se aplicará en procesos electorales posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta 2003, las copias del censo electoral se entregaban a los representantes de las candidaturas sin excepciones. La Ley Orgánica 1/2003 introdujo la posibilidad de excluir a personas en riesgo, y esta Orden Ministerial detalla el procedimiento. A diferencia de otras normativas europeas que pueden tener mecanismos de protección de datos más amplios, esta medida se centra específicamente en la seguridad individual en el contexto electoral español. El Ministerio del Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad, es el órgano encargado de evaluar y aprobar estas exclusiones, lo que subraya la importancia de garantizar la participación democrática sin poner en peligro a los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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