Ley OrdinariaNacionalvigente

Acuerdo entre el Reino de España y la República de Turquía sobre transporte internacional por carretera, hecho en Madrid el 3 de marzo de 1998.

BOE-A-2002-23923Publicada: 10/12/2002Ministerio de Asuntos Exteriores

¿Qué dice esta ley?

**Facilita el transporte por carretera entre España y Turquía** Este acuerdo, firmado en 1998 y aprobado como ley en 2002, establece las reglas para el transporte de personas y mercancías por carretera entre España y Turquía. Su objetivo principal es mejorar y fomentar este tipo de movilidad entre ambos países, definiendo claramente qué se considera un transportista, un vehículo de pasajeros o de mercancías, y qué permisos son necesarios para circular. Lo que cambia concretamente es que se sientan las bases legales para que las empresas de transporte españolas y turcas puedan operar de manera más fluida en el territorio del otro país. Esto implica la regulación de permisos y cuotas, asegurando que el movimiento de vehículos y la prestación de servicios de transporte se realicen bajo unas condiciones acordadas y transparentes. El acuerdo entró en vigor el 10 de diciembre de 2002, una vez que fue aprobado por el Reino de España. Desde entonces, proporciona un marco jurídico que facilita la logística y el intercambio de bienes y personas por vía terrestre entre estas dos naciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este acuerdo bilateral entre España y Turquía, ratificado en 2002, se enmarca en la necesidad de regular el transporte internacional por carretera, un sector clave para el comercio y la movilidad. Antes de su entrada en vigor, las operaciones de transporte entre ambos países podían estar sujetas a normativas nacionales menos coordinadas, dificultando la fluidez. El texto define términos esenciales como 'transportista', 'vehículo' y 'permiso', buscando una armonización que facilite la circulación. A diferencia de normativas supranacionales como las de la Unión Europea, este es un acuerdo específico entre dos estados, que complementa o suple acuerdos previos, y su importancia radica en la mejora de las conexiones logísticas y de pasajeros entre la península ibérica y el puente entre Europa y Asia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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