Orden PCM/390/2020, de 5 de mayo, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden que modifica la normativa española sobre restricciones a sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Incorpora al derecho español dos directivas europeas de 2019 que actualizan qué sustancias están permitidas en determinados componentes de estos aparatos, adaptándose a los avances técnicos y científicos. **¿A quién afecta?** Afecta a fabricantes, distribuidores e importadores de aparatos eléctricos y electrónicos, en especial a quienes producen sistemas de motores con componentes de caucho y motores de combustión que utilizan pastas de soldadura. También afecta a cualquier entidad que deba cumplir la normativa sobre estas sustancias. **¿Qué cambia o establece?** Añade dos nuevas exenciones (apartados 43 y 44) al anexo de sustancias permitidas: permite el uso del ftalato de bis (2-etilhexilo) en determinados componentes de caucho para sistemas de motores, y permite el uso de plomo en pastas de soldadura para determinados motores de combustión. Estas exenciones reconocen que estas sustancias son necesarias en estos casos específicos por razones técnicas.
💬 Contexto ciudadano
**PÁRRAFO DE CONTEXTO COMPARATIVO:** España ya contaba desde 2013 con el Real Decreto 219/2013 que transponía la Directiva RoHS 2011/65/UE, restriccionando sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos a nivel estatal y armonizado con la Unión Europea. La Orden PCM/390/2020 actualiza ese marco incorporando dos directivas europeas de 2019 que introdujeron exenciones específicas tras constatar que ciertas sustancias resultan técnicamente insustituibles en componentes concretos, particularmente en sistemas de motores. Esta modificación responde a presiones de la industria manufacturera europea y española, sectores como automoción y electrodomésticos que demostraron la inviabilidad técnica y económica de alternativas para esos usos específicos. Mientras la UE mantiene este enfoque flexible, otras jurisdicciones como California implementan prohibiciones más rigurosas. Para el ciudadano, significa que ciertos productos electrónicos podrán contener estas sustancias en aplicaciones determinadas, aunque siempre bajo supervisión regulatoria, equilibrando protección ambiental con viabilidad tecnológica industrial.