Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PJC/1249/2025, de 21 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2025, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2025, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz u oficinas de justicia en los municipios.

BOE-A-2025-22429Publicada: 06/11/2025MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** El Gobierno ha establecido cómo repartir el dinero presupuestario entre los juzgados de paz (tribunales locales en municipios pequeños) para que funcionen durante 2025. Es una fórmula matemática que determina cuánto dinero recibe cada municipio según criterios objetivos. **A quién afecta** Afecta principalmente a los municipios pequeños y medianos que tienen juzgados de paz, así como a los ciudadanos que usan estos servicios de justicia local. También impacta indirectamente a los jueces de paz que trabajan en estos juzgados. **Qué cambia** Se define el sistema de reparto del presupuesto para 2025 (usando los números presupuestarios de 2023 porque aún no hay presupuestos aprobados). Esto garantiza que los juzgados de paz dispongan de fondos para pagar salarios, mantenimiento, servicios y equipos necesarios para funcionar correctamente durante el año. **Cuándo entra en vigor** A partir de la publicación de esta orden (octubre de 2025), aplicable al año 2025.

💬 Contexto ciudadano

El módulo de distribución de crédito para juzgados de paz refleja la peculiaridad española de mantener una red de 7.700 juzgados de paz en municipios pequeños, la mayor red de justicia de proximidad de Europa proporcionalmente, que atiende asuntos de menor cuantía y actos de conciliación sin abogado obligatorio. La necesidad de calcularlo en base al presupuesto prorrogado de 2023 ilustra el problema estructural de la prórroga presupuestaria indefinida: los módulos de distribución diseñados para un año se estiran a ejercicios posteriores con ajustes técnicos que no siempre reflejan la realidad. La Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial regula estos juzgados, cuyo personal (secretarios y jueces de paz) no es funcionario de carrera judicial sino cargo de elección local. A diferencia del sistema alemán (Amtsgericht) o el francés (tribunal de proximidad), donde los jueces locales son magistrados profesionales, el modelo español de juez de paz lego tiene ventajas de coste y arraigo local pero también vulnerabilidades de formación y recursos que esta financiación estatal intenta paliar.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →