Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 15/2001, de 29 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Pedagogos y Pedagogas de las Illes Balears.

BOE-A-2002-218Publicada: 05/01/2002Comunidad Autónoma de las Illes Balears

¿Qué dice esta ley?

**Nace el Colegio de Pedagogos en Baleares** Esta ley crea el Colegio Profesional de Pedagogos y Pedagogas de las Illes Balears. Su objetivo es agrupar a todos los profesionales con la titulación oficial de pedagogo o psicopedagogo que ejercen en la comunidad autónoma. Busca defender los intereses de estos profesionales y contribuir a la mejora de la sociedad balear en su ámbito de actuación. Lo más importante es que ahora existe una entidad oficial que representa a estos profesionales. Esto significa que habrá unas normas comunes, un órgano de representación y defensa de sus derechos, y un marco para el desarrollo de la profesión. Los pedagogos y psicopedagogos tendrán un colegio que velará por la calidad de su ejercicio profesional. La ley fue aprobada por el Parlamento de las Illes Balears y entró en vigor el 5 de enero de 2002. A partir de esa fecha, la creación y funcionamiento del colegio se rigen por esta normativa, marcando un hito en la organización de la profesión pedagógica en las islas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la profesión de pedagogo, reconocida oficialmente desde 1992, carecía de una corporación de derecho público que la representara en las Illes Balears. La normativa autonómica sobre colegios profesionales, aprobada en 1998 y desarrollada en 2000, permitía la creación de nuevos colegios si existía una mayoría de profesionales interesados y se seguía el procedimiento legal. La iniciativa partió de los propios pedagogos baleares, quienes solicitaron formalmente su constitución. Esta ley se alinea con la competencia de la Comunidad Autónoma para regular corporaciones de derecho público y responde a la necesidad de dar estructura y reconocimiento a una profesión con competencias específicas y en consolidación, algo que otras comunidades autónomas también han abordado para diversas profesiones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →