Circular 3/2020, de 11 de junio, del Banco de España, por la que se modifica la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una circular del Banco de España que modifica la norma anterior sobre cómo los bancos deben reportar su información financiera. Fue emitida el 11 de junio de 2020 como respuesta a la crisis económica causada por el COVID-19, siguiendo recomendaciones de supervisores bancarios europeos. **¿A quién afecta?** A los bancos y establecimientos financieros de crédito en España que están sujetos a la Circular 4/2017 del Banco de España. También aplica indirectamente a otros establecimientos financieros que siguen los mismos criterios. **¿Qué cambia o establece?** Permite a los bancos mantener los préstamos reestructurados o refinanciados clasificados como "riesgo normal" sin ser obligados a ponerlos automáticamente en "vigilancia especial", siempre que el banco demuestre que no ha habido un aumento significativo del riesgo de crédito. Además, permite reclasificar de vuelta a "riesgo normal" aquellos que estén en vigilancia especial si el riesgo ha disminuido. Estos cambios rigen desde el 30 de junio de 2020 (o desde el 31 de marzo de 2020 si la entidad lo elige).
💬 Contexto ciudadano
La Circular 3/2020 modifica el régimen de clasificación de riesgos establecido en 2017, relajando la categorización automática de préstamos reestructurados para aliviar la presión sobre el sector crediticio durante la pandemia. Esta flexibilización se alinea con recomendaciones del Banco Central Europeo y la Autoridad Bancaria Europea, aplicables en toda la UE aunque con variaciones nacionales. Antes, los bancos enfrentaban reclasificaciones automáticas que endurecían sus balances; ahora pueden demostrar estabilidad de riesgo para mantener clasificaciones favorables. Aunque esta regulación es nacional y no diferencia entre comunidades autónomas, su impacto es sustancial para el ciudadano: facilita la refinanciación de deudas hipotecarias y empresariales, amplia el acceso al crédito en crisis y reduce el encarecimiento de financiación para consumidores y pymes, aunque equilibrándose con la supervisión prudencial bancaria.