Resolución de 14 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se corrigen errores en la de 8 de julio de 2020, por la que se establecen nuevos modelos de títulos administrativos y hojas de servicio en formato electrónico del personal incluido en el ámbito del Registro Central de Personal.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una corrección publicada el 14 de julio de 2020 que arregla errores en otra resolución del 8 de julio de 2020. Esa resolución anterior había creado nuevos modelos de títulos administrativos y hojas de servicio en formato electrónico para los empleados públicos registrados en el Registro Central de Personal. **¿A quién afecta?** A los empleados públicos cuya información está incluida en el Registro Central de Personal, que son los que tienen esos títulos y hojas de servicio en formato electrónico. **¿Qué cambia o establece?** Corrige un error de firma en la resolución anterior. Donde originalmente aparecía firmada por el Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, debe corregirse para que figure firmada por la Directora General de la Función Pública, ya que ella tenía delegada la competencia para firmar este documento según una orden anterior.
💬 Contexto ciudadano
La digitalización de títulos administrativos y hojas de servicio responde a una tendencia estatal de modernización documental que armoniza España con estándares europeos de tramitación electrónica impulsados por directivas de gobernanza digital. Antes de esta resolución, coexistían formatos mixtos (papel y electrónico) en la gestión de expedientes de empleados públicos, generando inconsistencias procedimentales. Aunque todas las comunidades autónomas han avanzado en digitación administrativa, esta norma nacional establece un modelo uniforme para el personal bajo Registro Central, proporcionando seguridad jurídica que otras CCAA requieren. La corrección de julio de 2020 solo subsana un defecto formal de firma (delegación de competencias), pero su importancia radica en que garantiza la validez técnica de documentos que el ciudadano-empleado público necesita para acreditar servicios, solicitar promociones o respaldar trámites administrativos. La formalización correcta, aunque procedimental, es sustancial para la certeza jurídica en materia de función pública.