Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 2/2001, de 26 de marzo, por la que se crea el Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales.

BOE-A-2001-6007Publicada: 28/03/2001Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

**Se crea el Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales** Esta ley establece la creación de una entidad que agrupará a todos los Colegios Oficiales de Protésicos Dentales de España. Su objetivo es representar y coordinar la profesión a nivel nacional, asegurando una actuación unificada y defendiendo los intereses de los protésicos dentales. Lo que cambia es que ahora existirá un órgano superior que velará por el correcto ejercicio de la profesión. Este Consejo General tendrá personalidad jurídica propia y se relacionará directamente con la Administración General del Estado, concretamente con el Ministerio de Sanidad y Consumo, para asuntos que afecten a todos los profesionales. La ley entró en vigor el 28 de marzo de 2001, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. A partir de ese momento, se inició el proceso para la constitución formal de este Consejo, incluyendo la formación de una Comisión Gestora encargada de elaborar sus estatutos provisionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la profesión de protésico dental, regulada por normativas específicas, carecía de un órgano colegial de ámbito nacional. La Ley de Colegios Profesionales de 1974 ya preveía la creación de Consejos Generales cuando existieran múltiples colegios de ámbito inferior al nacional. Esta norma responde a esa previsión, unificando la representación de los protésicos dentales. A diferencia de otras profesiones que ya contaban con sus respectivos consejos generales, los protésicos dentales no disponían de esta estructura. La aprobación de esta ley por el Estado es fundamental para la ordenación y el control de la profesión, garantizando la calidad de los servicios y la defensa de los derechos de los profesionales y de los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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