Ley 6/2000, de 28 de noviembre, de Creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón.
¿Qué dice esta ley?
**Nace el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón** Esta ley crea oficialmente el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón. Su objetivo es agrupar y regular la actividad de los profesionales que se dedican a la fabricación y reparación de prótesis dentales en la comunidad autónoma. Con esta ley, los protésicos dentales de Aragón tendrán un organismo que velará por el ejercicio ético y competente de su profesión, además de representar sus intereses ante las administraciones y la sociedad. Se busca garantizar la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos. La ley entró en vigor el 12 de enero de 2001, tras su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y el Boletín Oficial del Estado, estableciendo el marco legal para el funcionamiento de este nuevo colegio profesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Hasta la aprobación de esta ley, la regulación de los protésicos dentales en Aragón se regía por normativas generales de colegios profesionales y la legislación estatal que reconocía la profesión. La Ley 2/1998 ya permitía la creación de colegios autonómicos, sentando las bases para esta iniciativa. La creación de colegios profesionales es una competencia transferida a las Comunidades Autónomas, y Aragón, a través de esta ley, ejerce dicha facultad. La importancia de este colegio radica en la necesidad de una representación específica para los protésicos dentales, diferenciándolos de otras profesiones sanitarias y asegurando un estándar de calidad y ejercicio profesional en el ámbito aragonés. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────