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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 22 de febrero de 2000 por la que se establecen fondos mínimos para el arrastre en el litoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña y en parte del litoral de la Comunidad Valenciana.

BOE-A-2000-4401Publicada: 06/03/2000Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

**Nueva regulación para la pesca de arrastre en Cataluña y Valencia** Esta orden establece nuevas profundidades mínimas para la pesca de arrastre en ciertas zonas del litoral de Cataluña y la Comunidad Valenciana. El objetivo es proteger los recursos marinos y adaptar la normativa a las características del fondo marino, basándose en informes técnicos y consultando al sector pesquero. Se busca una pesca más sostenible. Concretamente, se prohíbe el arrastre a menos de tres millas de la costa o a profundidades inferiores a 50 metros si se alcanzan más cerca. Además, se definen diferentes profundidades mínimas permitidas según la zona y la época del año, variando entre 25 y 75 metros. Estas medidas pretenden evitar la sobreexplotación de especies y la degradación del lecho marino. La orden entró en vigor el 6 de marzo de 2000, fecha de su publicación. Las nuevas reglas se aplican desde ese momento, modificando las condiciones que existían previamente para la actividad pesquera de arrastre en las áreas afectadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 2000 actualizó la regulación de la pesca de arrastre en el Mediterráneo español, específicamente en Cataluña y parte de la Comunidad Valenciana. Sustituyó normativas anteriores, como el Real Decreto 679/1988, para adaptarla a las condiciones actuales de los recursos y del fondo marino, basándose en informes del Instituto Español de Oceanografía. La competencia estatal en pesca marítima, amparada en la Constitución, permite este tipo de regulaciones. La medida responde a la necesidad de una gestión pesquera más sostenible, algo que se debate y regula a nivel nacional y en otras comunidades autónomas, así como en el marco de la Política Pesquera Común de la UE, aunque con enfoques y plazos distintos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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