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Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

BOE-A-1999-13022Publicada: 11/06/1999Comunidad Autónoma de Extremadura

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, no existía una normativa específica en la Comunidad Autónoma que regulara de manera integral el patrimonio histórico y cultural. A nivel estatal, la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Artístico Nacional, establecía un marco general, pero no adaptado a las particularidades de cada comunidad. A nivel europeo, el Tratado de Roma y posteriormente el Tratado de Maastricht incluían principios sobre protección del patrimonio cultural, pero sin una regulación específica. La importancia de la Ley extremeña radica en su adaptación a la realidad local, garantizando una protección más efectiva y específica del patrimonio en el contexto autonómico.

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