Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

BOE-A-1999-8270Publicada: 13/04/1999Comunidad Autónoma de Aragón

¿Qué dice esta ley?

[SKIP: texto>104941 chars]

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, no existía una norma específica que regulara el patrimonio cultural en Aragón, lo que generaba una falta de marco legal claro para su protección y gestión. En comparación con otras Comunidades Autónomas, la normativa estatal y europea ofrecía un marco general, pero no adaptado a las particularidades aragonesas. La importancia de esta ley radica en que estableció un marco jurídico propio, permitiendo una gestión más eficaz y específica del patrimonio cultural aragonés, en línea con las características y necesidades de la comunidad.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →