Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 12/1997, de 4 de junio, reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamiento de la Comunidad de Madrid.

BOE-A-1998-7942Publicada: 03/04/1998COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

¿Qué dice esta ley?

**Normas sobre fianzas de alquiler en Madrid** Esta ley establece las reglas para las inspecciones y las sanciones relacionadas con el depósito de las fianzas de alquiler en la Comunidad de Madrid. Su objetivo es asegurar que los propietarios cumplan con la obligación de depositar estas fianzas, que sirven como garantía para el inquilino. Concretamente, la ley detalla cómo se realizarán las inspecciones para verificar que las fianzas se han depositado correctamente. También define las sanciones que se aplicarán en caso de incumplimiento por parte de los arrendadores, es decir, quienes alquilan una propiedad. Esta normativa entró en vigor el 3 de abril de 1998, marcando un hito en la regulación de las fianzas de alquiler dentro de la Comunidad de Madrid. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la gestión de las fianzas de alquiler en Madrid recaía en el Instituto de la Vivienda de Madrid, según normativas anteriores. La Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos a nivel estatal permitió a las Comunidades Autónomas establecer la obligación de depositar estas fianzas ante la administración autonómica. Esta ley madrileña desarrolla esa potestad, definiendo el régimen inspector y sancionador específico para la Comunidad. A diferencia de otras CCAA que pudieron haber regulado esto de forma distinta o posterior, Madrid estableció su propio marco. Su importancia radica en la protección del inquilino y en la posibilidad de destinar los fondos de las fianzas a políticas de vivienda social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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