Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 4/2020, de 3 de agosto, de modificación de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020.

BOE-A-2020-9794Publicada: 17/08/2020COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que modifica los presupuestos de 2020 de la Región de Murcia. Su objetivo es flexibilizar las reglas de gestión del dinero público para responder de forma rápida a la crisis del coronavirus COVID-19 y permitir el uso del Fondo COVID-19 creado por el Gobierno nacional. **¿A quién afecta?** A los organismos públicos de la administración regional que gastan dinero presupuestario (capítulos de gasto). Especialmente a los centros gestores que reciben créditos para gastos relacionados con el COVID-19. **¿Qué cambia o establece?** Permite que durante 2020 se reduzcan gastos en un capítulo para aumentarlos en otro si está destinado a COVID-19, sin cumplir los límites normales de transferencias de crédito. Exime de limitaciones las modificaciones presupuestarias financiadas por el Fondo COVID-19. Obliga a los organismos que reciben estos créditos a justificar por qué el dinero va destinado a gastos por la pandemia.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 4/2020 de Murcia modifica los presupuestos autonómicos de 2020 para habilitar el uso del Fondo COVID-19 creado por el Gobierno central y flexibilizar las normas de ejecución presupuestaria durante la pandemia. La incorporación de fondos estatales de emergencia a los presupuestos autonómicos requería modificación legal en muchas comunidades autónomas, que no disponían de habilitación presupuestaria para gastar estos fondos extraordinarios sin una norma específica. Murcia, con una situación de deuda pública elevada, necesitaba además flexibilizar las reglas de endeudamiento para disponer del margen financiero necesario. Otras comunidades adoptaron mecanismos similares mediante decretos-ley autonómicos, aunque Murcia optó por el procedimiento legislativo ordinario tramitado con urgencia en el Parlamento regional.

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