Ley 10/2020, de 31 de julio, de modificación de la Ley 14/2010, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia, en relación con la exención de copago a los menores huérfanos tutelados por la Generalidad.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una ley que elimina la obligación de que menores huérfanos tutelados por la Generalidad de Cataluña den parte de sus pensiones de orfandad (dinero que reciben de la seguridad social) para pagar los servicios sociales que reciben. Anteriormente, la Generalidad retenía estas pensiones para sufragar el coste de los servicios. La ley lo prohíbe porque considera que esto discrimina a los menores huérfanos respecto a otros menores cuyos padres viven. **¿A quién afecta?** A los niños y adolescentes huérfanos que están bajo tutela o guarda de la Generalidad de Cataluña y que tienen derecho a percibir pensiones de orfandad de la seguridad social. También a la propia Generalidad, que deja de poder retener esas prestaciones para financiar los servicios que presta a estos menores. **¿Qué cambia o establece?** Las pensiones de orfandad dejan de ser retenidas y pasan a formar parte del patrimonio del menor huérfano. La Generalidad debe devolver al menor toda la cantidad que le retuvo desde 2017 en adelante, y además debe reparar los derechos vulnerados por retenciones anteriores (desde 2012). Cuando el menor cumpla la mayoría de edad o deje de estar bajo tutela, se le entrega la totalidad del dinero acumulado.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 10/2020 de Cataluña elimina la obligación de que los menores huérfanos tutelados por la Generalitat contribuyan con su pensión de orfandad al coste de los servicios sociales que reciben. La práctica anterior —retención parcial de la pensión para sufragar la tutela— era considerada contraria al principio de interés superior del menor y generaba una paradoja: el Estado reconocía al menor una prestación contributiva que la propia administración tutora absorbía. Varias comunidades autónomas ya habían eliminado este copago con anterioridad; Cataluña se suma así a un movimiento de reforma que refleja las recomendaciones de los organismos internacionales de protección de la infancia, que exigen que las prestaciones económicas de los menores tutelados se destinen íntegramente a su beneficio personal y no a financiar los servicios que les presta la Administración.