Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 886/2020, de 6 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Princesa de Asturias.

BOE-A-2020-11884Publicada: 07/10/2020MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una norma que autoriza al Gobierno a otorgar directamente una subvención económica a la Fundación Princesa de Asturias, sin necesidad de una convocatoria pública abierta a otros candidatos. Esta forma de concesión directa es excepcional y se justifica por razones de interés público. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a la Fundación Princesa de Asturias, como única beneficiaria de esta subvención, permitiéndole financiar y garantizar la convocatoria de los Premios Princesa de Asturias del año 2020 y sus actividades asociadas. **¿Qué cambia o establece?** Establece que se otorguen 300.000 euros a la Fundación para gastos de premios, organización, promoción, retransmisiones televisivas y otros actos de promoción de los Premios Princesa de Asturias. El dinero procede del presupuesto del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y la Fundación debe comunicar si obtiene otras subvenciones para las mismas actividades, en cuyo caso se reducirá esta ayuda para evitar financiación duplicada.

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 886/2020 autoriza la concesión directa de una subvención a la Fundación Princesa de Asturias, que organiza los Premios Princesa de Asturias, galardones de proyección internacional comparables al Premio Nobel en su capacidad para atraer atención mediática global hacia personas, instituciones y valores en campos como las ciencias, las artes o las letras. La financiación pública directa de la Fundación se justifica por el interés institucional del Estado en mantener un reconocimiento de excelencia universal con sede en España y proyección hispanoparlante. El esquema tiene paralelo en otros países: la Fundación Nobel en Suecia opera en un marco de privilegios fiscales y reconocimiento institucional análogos, aunque con financiación predominantemente privada a diferencia del modelo español.

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