Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, referente a los equipos de protección individual en el contexto de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta norma regula los equipos de protección individual (mascarillas, guantes, etc.) que se distribuyeron durante la pandemia de COVID-19. Sustituye y extiende una resolución anterior de abril de 2020 que permitía vender EPI con autorizaciones especiales por la escasez de productos. **¿A quién afecta?** Afecta a administraciones públicas que aún tienen compras pendientes de recibir, a empresas que almacenan EPI autorizados temporalmente, y a quienes compran estos productos en el mercado. **¿Qué cambia o establece?** Fija nuevos plazos: las administraciones públicas pueden recibir hasta el 31 de diciembre de 2020 los EPI que ya hayan comprado; las tiendas pueden seguir vendiendo EPI autorizados temporalmente hasta esa misma fecha, pero solo si el stock ya estaba en España antes del 1 de octubre de 2020 y deben informar al comprador. Para equipos con certificado europeo, los organismos españoles deben seguir las instrucciones de la Comisión Europea.
💬 Contexto ciudadano
La Resolución de 28 de septiembre de 2020 sobre equipos de protección individual actualiza el régimen especial de comercialización de EPI establecido desde marzo de 2020. Ante la escasez inicial de mascarillas, guantes y otros equipos, se habilitaron procedimientos excepcionales que permitían la comercialización con autorizaciones simplificadas, al margen del procedimiento ordinario de certificación CE. Esta medida fue adoptada de forma similar en Alemania, Francia e Italia, que aplicaron procedimientos de emergencia para agilizar el suministro. La resolución establece los plazos para el retorno progresivo a las exigencias estándar de certificación de conformidad, garantizando la seguridad de los usuarios y eliminando gradualmente las excepciones que habían permitido la entrada al mercado de EPI sin los controles habituales de calidad y protección.