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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría.

BOE-A-1989-5084Publicada: 06/03/1989MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Normas para los contadores de agua fría** Esta orden establece las reglas para el control de los contadores de agua fría que se usan en España. Su objetivo es asegurar que estos aparatos midan correctamente el consumo de agua, protegiendo así los intereses de los consumidores y usuarios. Se trata de garantizar la precisión en la facturación y evitar fraudes. Lo que cambia es que ahora los contadores de agua fría deben pasar por un control metrológico específico, tanto antes de ser puestos en el mercado (aprobación de modelo) como al ser instalados (verificación primitiva). Este control se realizará siguiendo las normativas europeas y las españolas que las desarrollan, asegurando que los contadores cumplen con estándares de calidad y precisión. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esto significa que, desde principios de 1989, los contadores de agua fría que se instalen o vendan en España deben cumplir con estas nuevas exigencias de control metrológico para garantizar su correcto funcionamiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la metrología en España se regía por la Ley 3/1985, que establecía un control estatal sobre instrumentos de medida para proteger a los consumidores. Con la adhesión a la UE, se adaptó la normativa para incluir el Control Metrológico CEE, alineándose con directivas europeas. Esta orden incorpora específicamente la Directiva 75/33/CEE, relativa a los contadores de agua fría, a la legislación española. Otras Comunidades Autónomas o países de la UE ya contaban con normativas similares o estaban en proceso de adaptación. La aprobación de esta orden por el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo es crucial para asegurar la precisión en la medición del consumo de agua, un aspecto fundamental para la protección económica de los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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